sábado 06 de diciembre de 2025

Casación absolvió a uno de los acusados por un crimen a patadas en Plaza Moreno

Gonzalo José Valle quedó desligado del caso y su foja de antecedentes sigue limpia. El otro acusado no apeló porque le dieron la pena por cumplida.

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La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires absolvió a Gonzalo José Valle, quien fue condenado (en un segundo juicio de caso tras un reenvío de Casación) a la pena de 9 años por "homicidio simple" en la investigación por la muerte a piñas y patadas de Miguel Colque en una de las zonas de juegos de Plaza Moreno, hecho ocurrido en la mañana del 10 de enero de 2010.

El año pasado se realizó el segundo juicio oral del caso luego de que Casación realizara un reenvío del expediente para que se dicte una condena por "homicidio simple". En ese marco, el Tribunal Oral Criminal III de La Plata aplicó una pena de 9 años. Junto a Valle fue condenado Luis Miguel Giménez, a quien le dieron por extinguida la pena ya que, durante varios años, cumplió por demás tiempo con las reglas de conducta impuesta en el primero de los juicios orales en el que fue condenado por "homicidio preterintencional".

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La defensa de Valle, a cargo de los abogados Julio Beley y Bruno Strassera, apeló la condena y los jueces de Casación les dieron la razón ya que, según dieron por establecido, el autor del golpe mortal fue Giménez.

"La defensa hace mención a que en el presente caso no existió, como así lo sostuvo la Sala III de Casación, el dolo requerido por el artículo 79 del Código Penal en cabeza de su defendido, por cuanto no hay en el caso una voluntad por parte de este dirigida a la realización de la acción típica empleando medios capaces para su realización, siendo que quedó demostrado que los golpes que le propinara éste, carecieron de la envergadura necesaria para causar su muerte", señalaron los magistrados.

En otro pasaje de la resolución judicial, agregaron que "se logró acreditar en el presente hecho, que el golpe que causó la muerte de la víctima, fue el provocado por Giménez, dando cuenta de ellos los testigos del caso". Ante este panorama, dictaron la absolución ya que "asiste razón a la defensa".

Los acusados sostuvieron durante la investigación -y luego lo ratificaron en los dos juicios orales- que agredieron a Colque porque este les practicó o intentó practicarles sexo oral mientras estaban durmiendo sobre el portón de ingreso a la aseguradora Federación Patronal, en calle 11 entre 50 y 51, luego haber pasado la noche juntos recorriendo la ciudad. Lo persiguieron hasta Plaza Moreno. En una de las zonas de juegos infantiles se produjo el ataque de puños y patadas que apagó la vida del joven empleado de comercio.

La familia Colque negó la acusación; mientras que una pericia determinó que en el pene de Giménez había dos tipos de ADN masculino, uno del joven y otro que, se cree, es de Colque, lo cual finalmente no se puedo determinar.

A Giménez le dieron por cumplida la pena. Estuvo durante 11 años firmando todos los meses en el Patronato de Liberados. Ante esta situación su defensor Marcelo Oregioni pidió la "aplicación de la teoría amplia de la restricción" y los jueces lo concedieron. En tanto Valle quedó detenido bajo la figura de arresto domiciliario, pero con la absolución recuperó la libertad y su legajo de antecedentes penales sigue limpio.

Durante la única jornada que duró el segundo debate oral, los jueces del Tribunal Oral Criminal III de La Plata se mostraron interesados en conocer detalles de la vida de ambos acusados. Hicieron preguntas sobre la conformación de sus familias, estudios cursados, situación laboral y estado civil. Ambos aportaron información sobre arraigo en la ciudad, trabajo estable y familias que los contienen.

Así, durante todo el proceso, se estableció que quien fue el autor material cumplió su condena y el segundo procesado quedó libre de culpa y cargo, lo que marca la importancia de contar con una buena defensa técnica.

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