viernes 20 de junio de 2025

Jueza platense rechazó prescripción contra el Estado en un caso de violencia institucional

Entre sus fundamentos, consideró que el plazo de prescripción para reclamar los daños y perjuicios comenzó desde que quedó firme la sentencia penal.

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La jueza platense María Ventura Martínez rechazó la defensa de prescripción que opuso el Estado en un caso de violencia institucional, en el que fueron condenados dos policías de Lomas Zamora por el delito de "privación de libertad" y "abuso sexual" en ejercicio de sus funciones contra una mujer.

En su resolución, la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata consideró que el plazo de prescripción para reclamar los daños y perjuicios comienza a correr desde que quedó firme la sentencia penal o desde que la víctima estuvo en condiciones de afrontar un juicio, al tener que revivir los gravísimos hechos causados por agentes de seguridad, lo que comúnmente se denomina revictimización del hecho traumático.

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En su testimonio, la mujer relató que estaba trabajando en una feria ubicada en calle Olimpo y Pedro Elizalde, Lomas de Zamora, cuando fue interceptada por tres efectivos de la Policía Bonaerense. En ese momento, los agentes que estaban en ejercicio de sus funciones la trasladaron a la Comisaría Décima de esa localidad manifestándole con el argumento de que había cometido un delito en la vía pública.

En la dependencia policial, la mujer permaneció privada de su libertad casi cinco horas y, según se destaca en la resolución judicial, los efectivos abusaron de sus atribuciones, omitieron dar cumplimiento a las formalidades legales y comunicar la situación restrictiva de la libertad a la UFI de turno.

Durante su estadía en la comisaria, los oficiales que fueron condenados le pidieron dinero en efectivo por las tareas que desempeñaba en la feria. Por si esto fuera poco, el entonces subcomisario la trasladó hasta el altillo de la dependencia y la golpeó contra la pared. Luego abusó sexualmente de ella.

En su denuncia, relató que había varios policías presentes y la amenazaban diciéndole con que no iba a salir viva del lugar. "La pesadilla tuvo su fin cuando llegó su marido, quien logró sacarla luego de discutir fuertemente con los policías presentes", se destaca en el fallo.

La jueza Martínez consideró que "el Estado debe responder, en forma directa por los hechos ilícitos cometidos, por los miembros de sus fuerzas de seguridad en ejercicio o en ocasión de sus funciones; que la naturaleza de las cuestiones planteadas hace necesario efectuar una análisis adicional con 'perspectiva de género' y del estado de 'vulnerabilidad' de la damnificada, conforme los postulados constitucionales y el bloque de convencionalidad aplicable, en virtud de los compromisos internacionales asumidos por el Estado nacional y provincial".

Y concluyó: "Los hechos narrados en el contexto descripto, obligan a evaluar la excepción de prescripción planteada de acuerdo al bloque de convencionalidad aplicable, a la legislación interna y a los compromisos internacionales oportunamente asumidos por el Estado Nacional y Provincial, en aras de asegurar, a las mujeres que han sufrido hechos de violencia, el acceso a procedimientos o procesos para obtener la reparación del daño".

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