También señalaron que “los cuestionamientos que con tanto énfasis enumera la defensa en torno a las circunstancias desarrolladas a lo largo del debate oral, exceden el marco del presente incidente, y recibirán su tratamiento en el resolutorio que nos encontramos a la espera de lectura”.
Por este motivo entienden que “siguen vigentes los riesgos procesales merituados al momento del dictado de la cautelar, y no pueden verse neutralizadas –por el momento- con la aplicación de una medida menos gravosa a la actual detención al subsistir los peligros procesales que se vinculan con el peligro de fuga, y frustración del proceso en la presente etapa que nos encontramos a la espera de lectura de Veredicto”.
En relación a Burzstyn la jueza Silvia Hoerr y los jueces Santiago Paolini y Andrés Vitali concluyeron: “Tampoco podemos obviar, y que se suma a la imputación de delitos contra la vida, seguridad pública y la propiedad”. En otro de los fundamentos de esta resolución se detalla que los fiscales solicitaron la pena de “reclusión perpetua” y en un planteo subisidiario una condena de “13 años de prisión”. Ante este panorama la magistratura entendió que “el tiempo que el nombrado lleva en detención no resulta ser desproporcionado ni ha vencido el plazo considerado como razonable para la duración de la prisión preventiva a la luz de la gravedad de los delitos que se le endilgan, a la pena solicitada por la fiscalía, y la inminencia de la lectura de veredicto”.
En ambas resoluciones a las que accedió 0221.com.ar el Tribunal sintetizó que “cabe afirmar que por el momento no se puede presumir que el peligro de fuga o entorpecimiento del proceso pueda evitarse por la aplicación de otra medida cautelar menos gravosa, resultando razonable y proporcionada la medida actualmente vigente según lo establecido” por el marco legal vigente “y al entender que las condiciones subjetivas alegadas, la carencia de antecedentes y el informe criminológico, no logran conmover los fundamentos que hemos desarrollado al no encontrar aplicable el beneficio morigeratorio de la coerción”.
Cabe recordar que este miércoles 1 de marzo la defensa de Melazo solicitó a la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata un “pronto despacho” para un habeas corpus que fue presentado hace una semana.
EL DEBATE
Tras el juicio oral los fiscales Mariano Sibuet y Victoria Huergo pidieron que Melazo sea condenado a 15 años de prisión como coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita "en calidad de jefe", tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil condicional -9 hechos-, en concurso real con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil- 4 hechos- y encubrimiento en concurso real. También se pidió que se investigue la participación de Melazo,"en calidad de autor intelectual", en el crimen de Juan Farías, quien se cree era miembro de la banda y lo asesinaron en un presunto ajuste de cuentas interno tras cometer un millonario robo.
A su vez, los fiscales requirieron que se investigue si el exmagistrado y otros dos imputados incurrieron en presunto enriquecimiento ilícito de funcionario público y lavado de dinero.
Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, Melazo tenía "una participación fundamental en la cúspide de una asociación ilícita" y que su situación patrimonial "no se corresponde a los ingresos corrientes del poder judicial" y es un "indicio más" que avala ese rol delictivo. Sibuet y Huergo afirmaron que "diez sujetos de sexo masculino de La Plata formaron parte de una organización destinada a cometer hechos delictivos de diversa naturales, escruches, robos de autos, venta de estupefacientes, con un mismo modus operandi". "Melazo está sindicado como jefe de esa organización", remarcó el primero de ellos y agregó que el exjuez "conocía el accionar de la banda probablemente porque conocía el plan delictivo y se necesitaba su autorización para llevarlo adelante".
Por su parte, Huergo dio a conocer los numerosos vehículos de alta gama, a nombre de Melazo o algún miembro de su familia; la propiedad de lotes en Cariló, una propiedad en la localidad de Gorina; varias sociedades anónimas y cuentas bancarias que registraban extracciones millonarias, como, por ejemplo, retiros de 3.690.000 pesos y 2.600.000; compras de dólares. También viajes a destinos como Estados Unidos, España, Emiratos Árabes, Panamá, Italia, Chile, Brasil, Uruguay, entre otros países. "No nos quedan dudas que la situación patrimonial de Melazo no se corresponde con los ingresos corrientes del poder judicial, de las categorías que tuvo en esos años y por eso consideramos que este breve racconto es un indicio más de que efectivamente tuvo participación fundamental en la cúspide de una asociación ilícita que cometió delitos para enriquecerse con su producción", indicó Huergo.
Además, los fiscales pidieron que el policía Gustavo Bursztyn sea condenado a reclusión perpetua como coautor de asociación ilícita en calidad de "organizador"; robo calificado por abuso de arma en concurso real con portación de arma de guerra y homicidio criminis causa y tenencia de arma de fuego de uso civil condicional.
Para el policía Gregorio Mena, Adrián Manes, Carlos Barroso Luna, Héctor Vega y Martín Fernández también solicitaron la reclusión perpetua como "cointegrantes" de una asociación ilícita, robo calificado por abuso de arma y homicidio criminis causa.
Mientras que, para Carlos Bertoni, 6 años por asociación ilícita; Enrique Petrullo, 4 años por tráfico de influencias; Marcos Chiusaroli, a 1 año y 6 meses por tenencia de arma de fuego de uso civil.
Según la investigación que tuvo a su cargo la fiscal Betina Lacki, los procesados integraban una asociación ilícita que cometía "robos bajo la modalidad de escruche, robo de autos, su posterior reducción; adulteración y venta, comercialización de estupefacientes, con un mismo modus operandi, con división y organización de tareas".
Además, "algunos de ellos, en su condición de efectivos policiales, aseguraban la zona, entregaban los trabajos y brindaban cobertura policial" y Melazo se presume brindaba protección a la banda.
Por su parte, el exjuez renunció a su cargo en junio de 2017, cuando estaba apartado de sus funciones, de manera preventiva, por decisión del jury de enjuiciamiento abierto en su contra a partir de tres denuncias por mal desempeño y presuntas irregularidades en su accionar.
ESTRADOS INTERNACIONALES
Melazo demandó al Estado Argentino por lo que considera una violación de sus derechos humanos. En una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el exmagistrado dijo tener problemas de salud, denunció estar privado de la libertad hace casi cinco años y, pese a que no existiría peligro de fuga ni entorpecimiento a la labor judicial, indicó que se le han rechazado sistemáticamente todos los pedidos de morigeración de su situación de detención. Esto es, una prisión domiciliaria.
El exjuez también mencionó una persecución por parte del gobierno de Mauricio Macri, haciendo especial hincapié en la que fuera Gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal. Dijo que ante esas presiones decidió renunciar a su cargo de magistrado, tras lo cual fue imputado, detenido y juzgado, con testigos que habrían sido, según sus palabras, apretados para que declaren en su contra.
Mencionó que, pese al tiempo de detención y que el delito del que se lo acusa empieza en una escala de tres años, fundó su petición en normas que emanan de la Constitución Nacional, el Pacto de San José de Costa Rica, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Melazo fue crítico del actual Procurador bonaerense Julio Marcelo Conte-Grand, entre otros funcionarios, a quien lo vinculó a una supuesta “mesa antisindical”, como paralelo al aparente armado de causas. En ese caso, contra el ex titular de la UOCRA La Plata, Juan Pablo “Pata” Medina.
Para el exjuez, se han violentado su libertad, integridad física y psíquica y la vida misma, por lo que requirió su caso sea objeto de análisis para una resolución favorable del mismo.