Un veredicto condenatorio recayó sobre Néstor Hermindo Monzón, el fisicoculturista detenido en noviembre de 2016 acusado de secuestrar, drogar y violar a una mujer de 45 años en su departamento del barrio La Loma. La resolución fue dada a conocer este mediodía por el Tribunal Oral Criminal (TOC) III de la capital provincia. El encuadre legal y el monto de la pena a cumplir se conocerá el próximo lunes 20 de marzo.
El pasado 8 de marzo se realizaron los alegatos. El fiscal Mariano Sibuet pidió que se aplique una condena de 28 años de prisión. Por su parte, el abogado Rolando Sberna -en representación de la víctima- requirió una sentencia a 30 años de prisión. A todo esto, la defensora oficial que lo asiste consideró que se lo debe absolver por el beneficio de la duda o que se aplique el mínimo de la pena por un delito menos grave en base a las "circunstancias físicas y psíquicas del acusado al momento del hecho", al considerar que se trata de un caso de "imputablidad disminuida". El sospechoso habló ante los jueces y el lunes se conocerá el adelanto de veredicto.
El fiscal Sibuet fue el primero en jugar sus cartas sobre el paño judicial. Valoró como pruebas de cargo el testimonio de la víctima, que señaló a Monzón como el autor de los hechos, de sus hermanos, de su madre, los informes telefónicos del sistema VAIC, el reconocimiento médico legal de la mujer minutos después de su rescate, la historia clínica que detalla lesiones, tratamientos prolongados y daños psicológicos.
También hizo referencia a las imágenes de las cámaras de seguridad del kiosco de calle 15 entre 33 y 34, que sumado al testimonio del comerciante dieron cuenta del espeluznante estado de salud que mostraba la mujer.
En otro pasaje recordó que en el allanamiento a la vivienda del acusado se encontró una camisa y un par de borceguíes que la mujer reconoció como propios. Además, se detectó ADN de ella en el colchón, en sábanas y frazadas del PH de calle 36 entre 13 y 14 donde asegura haber estado cautiva.
El acusador público encuadró el caso como "abusos sexuales reiterados doblemente agravado en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada". Entendió que hubo "grave sometimiento sexual en forma desmesuradamente abusiva" la "violencia desplegada contra la víctima", su "estado de indefensión".
Como agravantes de la pena señaló las "consecuencias físicas y psíquicas", la "situación de desamparo de los familiares" y la "reducción" de la mujer a una "cosa" para "satisfacer al imputado" por lo que requirió 28 años de prisión, una pena tres años mayor que el máximo por homicidio simple.
A su turno el letrado Sberna en representación de la mujer violada compartió el planteo del Ministerio Público Fiscal, pero agregó: "En este día que se conmemora el 8M quiero solicitar que se valore el testimonio de la víctima con perspectiva de género".
Hizo foco en que un testigo "vio a la víctima caminar por la calle junto a otra persona que la trataba como a un perro" y recordó que mientras sus familiares buscaban a la mujer "Monzón" por teléfono "los envió a distintos lugares de la ciudad".
La defensora oficial Sofía Rezzonico consideró que el testimonio de la víctima no alcanza para demostrar la autoría del hecho porque "tenía nublado su conocimiento" que se trató de un "testimonio confundido" que ha sido "contradictorio".
También resaltó que el semen hallado en el preservativo secuestrado en la casa del acusado "no es de Monzón". Para la funcionaria se está ante un hecho dudoso, que no está probado el "acceso carnal" por parte del acusado donde debe prevalecer el principio de inocencia y se debe absolver por el beneficio de la duda.
Tras realizar un análisis técnico puntilloso entendió que "no" debe aplicarse la privación ilegítima de la libertad porque "no puede haber un abuso sexual sin una afectación a la libertad personal". En todo caso esa parte entendió que se trata de un abuso sexual en concurso ideal con privación de la libertad simple.
En su planteo subsidiario reveló que al momento del hecho Monzón tenía problemas de salud físicos y psíquicos. Para ello se basó en informes médicos, en el testimonio de su expareja y recordó que la primera parte de su detención la cursó en el hospital penitenciario de Melchor Romero.
"La culpabilidad se analiza de acuerdo a las circunstancias del imputado, se debe tener en cuenta el contexto (….) se trata de un caso de imputabilidad disminuida donde incluso se puede aplicar una pena menor al mínimo de escala legal", consideró Rezzonico.
Al momento de decir sus última palabras el acusado señaló estar "conforme con la defensa, con el trato de ustedes" en relación a los jueces de Tribunal Oral Criminal III de La Plata. Monzón pidió "perdón por los descuidos que tuve en algún momento" y aseguró estar "en paz" y "tranquilo".
Los fundamentos de la sentencia y la pena a cumplir se leerán el lunes 20 de marzo, según establecieron los jueces Ernesto Domenech, Andrés Vitali y Santiago Paolini.