En un contexto de inflación y aumento de la pobreza, se piensan en medidas para paliar la situación y reclaman por la implementación de un Salario Básico Universal. La vicepresidenta Cristina Kirchner se puso al frente de este pedido cuando invitó a "comenzar a discutir la implementación de un ingreso universal básico".
Todo surge a raíz del proyecto de Ley presentado por el diputado nacional del Frente de Todos Itai Hagman, quien contó al momento de la presentación con el respaldo de al menos una quincena de otros legisladores del oficialismo y que sumó en las últimas semanas muchos apoyos más.
Se trata de un instrumento ya puesto en marcha en otras partes del mundo con muy buenos resultados a la hora de reducir la pobreza y dinamizar la economía que es más conocido como Renta Básica Universal. Es una prestación monetaria mensual no contributiva y de alcance nacional destinada a trabajadores y trabajadoras de bajos ingresos. Los detalles y lo que hay que saber de la iniciativa es:
Se deberá tener además entre 18 y 64 años, inclusive.
Para acceder al SBU el o la solicitante no podrá tener ingresos por: Prestación por desempleo, Programa Progresar, Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo” y la Tarjeta Alimentar del Plan Nacional “Argentina contra el Hambre”. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado con ingresos brutos anuales superiores al establecido para la categoría “A” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes. Actividad laboral independiente encuadrada en la categoría “B” o superior del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes. Renta del suelo y renta de capitales, correspondientes a la primera y segunda categoría de ganancias, según lo dispuesto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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La prestación del Salario Básico Universal tendrá un monto que será igual al valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) de un adulto equivalente informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC).
Accederán al 100% de la prestación quienes se encuentren desocupados; se desempeñan en la economía informal; se encuentran inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente; se encuadren en el Régimen de Trabajo Agrario y los trabajadores y trabajadoras declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Accederán al 50% de la prestación quienes se encuentren inscriptos en la categoría “A” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes y las personas que se encuentran trabajando en relación de dependencia y perciben ingresos brutos anuales iguales o inferiores al establecido para la mencionada categoría “A”.

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Cada grupo familiar podrá percibir prestaciones del SBU por un monto mensual de hasta dos Canastas Básicas Alimentarias de un adulto equivalente informada por el Indec.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) deberá realizar evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales antes del otorgamiento del SBU de modo de corroborar "la real necesidad del individuo y de su grupo familiar".
Cabe destacar que quienes perciban el SBU deberán a su vez realizar anualmente alguna de las siguientes actividades:
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Finalización de estudios primarios y/o secundarios;
Talleres de formación profesional y capacitación laboral;
Talleres de orientación laboral, para la búsqueda de empleo o de orientación al Trabajo Independiente;
Talleres de Profesionalización del Trabajo Doméstico;
Desarrollo de actividades sociocomunitarias.