La justicia Penal de La Plata declinó la competencia para investigar la denuncia presentada por un abogado para que se determine si la exgobernadora bonaerense María Eugenia Vidal, su exministro de Trabajo Marcelo Villegas y el intendente Julio Garro, cometieron algún delito en la reunión que se realizó en la sede porteña del Bapro, donde se habló de impulsar el armado de causas judiciales para perseguir a sindicalistas opositores a los exgobiernos de Mauricio Macri y Vidal.
Se trata de una denuncia presentada en el fuero Penal de La Plata por el abogado Martín de Vargas, tras la aparición del video de la AFI donde se ve a Villegas junto al senador Juan Pablo Allan, espías y empresarios de La Plata, orquestar una maniobra para encarcelar al extitular de UOCRA La Plata, Juan Pablo Medina.
Al analizar la denuncia, el fiscal Menucci señaló que “es de público y notorio conocimiento -incluso para el denunciante- que ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de La Plata, a cargo del juez Ernesto Kreplak, se investiga lo mismo que aquí se pone en conocimiento” y que esa denuncia es anterior a la presentada por el letrado.
El fiscal no dejó pasar por alto que “resulta prístino que la denuncia que diera inicio a la presente IPP fue motivada por una notas periodística que da cuenta de los sucesos reseñados, y especialmente del inicio de una causa penal por esos hechos ante los Tribunales Federales”.
“Si bien en estos tiempos es habitual recibir denuncias motivadas por informes periodísticos de distinta índole, por lo general esos disparadores espejan sucesos sobre los cuales no ha tomado intervención la Justicia. Denunciar que existe una denuncia resulta paradójico e implica colisionar con una de las garantías constitucionales más básicas como es el principio de la prohibición de la persecución penal múltiple o non bis in ídem”, reseñó Menucci.
El funcionario judicial recalcó que “aunque parezca de Perogrullo”, lo que se investigan son hechos, acontecimientos de la vida en su exteriorización fáctica, no personas y mucho menos calificaciones legales, “ya que estos últimos son el ropaje penal que se les otorga, que incluso puede no coincidir en la opinión de los distintos actores del proceso. Todo versa sobre los hechos”.
“Si el denunciante consideraba que debía intervenir al respecto la Justicia provincial, existen normas procesales destinadas a cuestionar la competencia de uno u otro fuero, que lógicamente deben ser impetradas ante el órgano que ya se encuentra interviniendo debido justamente a la denuncia que se hiciera pública y sobre la cual se apoya la presente”, recordó el magistrado en su escrito.
Tras señalar que la reunión captada en video tuvo lugar en territorio de jurisdicción nacional, que intervinieron agentes de la Agencia Federal de Inteligencia, que la denuncia de la que se habla en el video finalmente tramitó en la Justicia Federal de Quilmes, el caso debe ser investigado en la esfera Federal de la Justicia.
“En síntesis, la existencia por ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 de La Plata de un expediente con idénticos intervinientes, idéntica afectación de bien jurídico e iniciada en fecha anterior a la presente, da cuenta de la sinrazón de esta IPP”, concluyó Menucci.
Los argumentos fueron compartidos por la defensa oficial de turno al momento de la denuncia y por el juez de Garantías Juan Pablo Massi, quien declinó la competencia y envió las actuaciones al juez Ernesto Kreplak, a cargo de la investigación del caso.