El contexto de pandemia obligó a modificar algunas cuestiones relativas a las elecciones y si bien existen sanciones para quienes no concurren a votar, también se tendrán en cuenta algunos justificativos.
El contexto de pandemia obligó a modificar algunas cuestiones relativas a las elecciones y si bien existen sanciones para quienes no concurren a votar, también se tendrán en cuenta algunos justificativos.
La Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.
A su vez, si una persona no concurrió a votar por otra enfermedad, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Tiene 60 días a partir de la elección para presentarse en la dependencia correspondiente a su domicilio.
Si el votante no pudo ejercer su derecho civil por encontrarse a más de 500 kilómetros del su lugar de voto, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia. Tiene 60 días a partir de la elección para presentarlo.
En este sentido, quienes tuvieron que cumplir tareas laborales durante la jornada electoral, tienen derecho a que sus empleadores le otorguen una licencia especial sin descuento salarial para que puedan cumplir con la obligación del voto.
Es importante recordar que el voto es voluntario para los jóvenes de 16 y 17 años y para los mayores de 70.
MULTAS
Las personas que no fueron a votar y no justifiquen la ausencia de acuerdo a las causales citadas en esta nota, deberán pagar una multa de 50 pesos en las PASO.
Quienes no vayan a votar en las elecciones generales de noviembre, deberán pagar una multa de 100 pesos.
Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación particular de cada ciudadano.
¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS POR PANDEMIA?
Por la pandemia del coronavirus, en las elecciones PASO del 12 de septiembre y en las generales del 14 de noviembre se estableció el “Protocolo sanitario de prevención COVID-19 – Elecciones nacionales 2021” que elaboró la Cámara Nacional Electoral en conjunto con los ministerios de Salud e Interior de la Nación.
Además del obligatorio uso de barbijo y alcohol en gel, el distanciamiento social de dos metros y la sanitización continúa de superficies, picaportes, cuartos oscuros, pisos y baños en los lugares de votación, el votante deberá tener en cuenta estos cambios:
Chequear el padrón en www.padron.gob.ar porque puede haber cambiado el lugar de voto
El horario de votación sigue siendo de 8 a 18 horas. Pero habrá una franja horaria de prioridad para las personas con factores de riesgo ante el virus: de 10:30 a 12:30
El votante hará la cola de su mesa fuera del y un facilitador sanitario estará a cargo de esa organización y de que se cumplan los protocolos de salud
El protocolo establece que el votante no puede tocar la urna
El votante no le dará su documento de identidad al presidente, lo mostrará para que el presidente de mesa pueda verlo
La idea del protocolo es que la autoridad tampoco toque el sobre, sino el votante lo tome directamente de una pila
Antes de ingresar al cuarto oscuro, el elector deberá sanitizarse las manos y no podrá cerrar el sobre con saliva, sino que debe poner la solapa del sobre en su interior. Otra recomendación es evitar tocar la urna cuando introduce el sobre
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