El presidente Alberto Fernández firmó el viernes un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para actualizar el marco regulatorio en el que se enmarca el mecanismo de compra de vacunas contra el coronavirus en el país y abrir una puerta que permita cerrar acuerdos con nuevos laboratorios para ampliar el espectro de los sueros disponibles en Argentina. Ahora se espera que puedan cerrarse acuerdos para adquirir vacunas de Pfizer, Moderna y Janssen, de Johnson & Johnson.
Los detalles del decreto habían sido anticipados en una conferencia de prensa desde la Casa Rosada a cargo de la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra; y la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti; mientras que el texto de la Norma fue publicado este sábado en el Boletín Oficial.
Las funcionarias remarcaron que la modificación le permitirá al Gobierno acceder a dosis de Pfizer, de las más esperadas en el país porque son las únicas avaladas a nivel mundial para aplicarse en chicos y adolescentes, aunque destacó que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) todavía no dio el visto bueno para su uso en Argentina. De todas maneras, Vizzotti informó que todavía no puede precisar la cantidad que podrían llegar ni la fecha por una cuestión de confidencialidad.
"El presidente de la Nación tomó la decisión de firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia para que la Argentina pueda adquirir vacunas pediátricas y para que pueda ampliar el espectro de vacunas disponibles para la vacunación en general", afirmó Ibarra y en ese mismo sentido indicó que "este DNU es el resultado de un proceso de negociaciones con los laboratorios, que muchos habían cuestionado no poder vendernos bajo la ley vigente".
Las funcionarias explicaron los puntos más salientes de la norma que será publicada este sábado en el Boletín oficial y que estipula, entre otros aspectos salientes, el uso de nuevos términos y la creación de un fondo para asistir a quienes pudieran sufrir efectos adversos con las vacunas desarrolladas por estas empresas y presenten demandas ante el Estado.
LOS PUNTOS CLAVE DEL DECRETO
En el Gobierno argentino indicaron que "el DNU simplifica la negociación con todos los laboratorios y es el resultado de un proceso de conversaciones y negociaciones con aquellos que proveen las vacunas y habían manifestado la imposibilidad de contratar en el marco de la Ley de Vacunas dictada el año pasado".
En ese marco, existen cuatro puntos clave en el texto de la norma:
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Se creará un Fondo de Reparación COVID-19 para responder al pago de indemnizaciones ante la eventualidad de que una persona pueda ser dañada por la aplicación de una vacuna.
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Se suprime la "negligencia" como supuesto de responsabilidad para quienes tienen a su cargo la investigación, el desarrollo, la producción o el suministro de vacunas, teniendo en cuenta que en los contratos a firmar se establecerá el modo en que el Estado recibe conforme o no las vacunas que se adquieren.
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La referencia a "maniobras fraudulentas" y "conductas maliciosas" en la ley se reemplaza por "conductas dolosas", concepto que es el que se utiliza en el Código Civil y Comercial.
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Se exime la inmunidad de las regalías que percibe el Estado nacional y los bienes privados del Estado de la inmunidad de los bienes del Estado nacional.

Las funcionarias nacionales cerraron que con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo COVAX de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y las oportunidades de donaciones de diferentes Gobierno, fundamentalmente de Estados Unidos.