viernes 05 de diciembre de 2025

Monotributistas, cooperativas y micro empresas: abrió la inscripción para ayuda económica

Recibirán un aporte no reembolsable (ANR) por única vez. Cuáles son las actividades alcanzadas y qué requisitos deben cumplir.

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Los rubros bonaerenses afectados por la pandemia ya pueden anotarse para recibir la ayuda económica de la Provincia. Según infirmó el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, se encuentra abierta la inscripción para que los sectores más golpeados por el COVID-19 reciban una suma de dinero como asistencia en medio de la emergencia sanitaria.

En este sentido, aquellos monotributistas, cooperativas, micro o pequeñas empresas, radicadas en la Provincia de Buenos Aires que desarrollen una de las actividades económicas incluidas en el Programa de sostenimiento económico, podrán acceder a un aporte no reembolsable (ANR) por única vez, dependiendo del tamaño y la caída de los ingresos declarados.

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En tanto, el Gobierno bonaerense aclaró que no podrán participar del Programa las unidades productivas que se encuentren recibiendo beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción, ya sea nacional, provincial o municipal.

Vale destacar que las actividades seleccionadas recibirán un monto fijo entre $110.000 y $150.000, según el tamaño de su unidad productiva, y que los rubros apuntados principalmente son el transporte escolar, guarderías y jardines maternales, alquiler de inmuebles para fiestas y convenciones y/o salones de baile, discotecas y similares.

Asimismo, quienes se inscriban deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Deben ser micro o pequeñas empresas
  2. Deben estar radicadas en PBA.
  3. Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa.
  4. Fecha de inicio de actividad anterior al 31/03/2020.
  5. A la fecha de corte 24/06/2021 debían estar al día con las DDJJ de IIBB mensuales de 2019 y 2020.
  6. Aquellas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020.
  7. Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA
  8. No haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional y/o provincial.

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