El Concejo Deliberante de La Plata aprobó este miércoles una ordenanza que cambia las reglas del juego en la construcción de edificios de más de 25 departamentos, ya que elimina de Código de Ordenamiento Urbano y Territorial (COUT) la obligatoriedad de reservar una vivienda para los porteros. A partir de ahora esa será una "opción" y no una "obligación" para los edificios de 40 o más unidades funcionales, en tanto que los que tienen entre 25 y 40 podrán destinarlos para uso común o para alquilarlos.
La medida había sido presentada por el intendente Julio Garro el año pasado y generó un fuerte rechazo del gremio que nuclea a los trabajadores de los edificios que consideran que atenta contra su actividad. Esa postura fue tomada por el bloque del Frente de Todos que presentó un proyecto alternativo que fue tomado parcialmente por Juntos por el Cambio para modificar el original. De todos modos esas concesiones no fueron suficientes para que la oposición acompañe la idea y después de un intento de acercamiento en la última semana la negociación fracasó.
Entre los puntos presentados por la oposición que fueron incorporados aparece la creación de un tasa para quienes no construyan el departamento para los encargados, cuya recaudación será destinada a un fondo de mantenimiento de las veredas.
El cuestionamiento central de la oposición es que al hacer "optativa" la reserva del departamento para los encargados se avanza directamente contra la actividad. "Los departamentos para los encargados no deben ser totalmente optativos porque sería eliminarlos totalmente. Por eso buscamos una salida intermedia", había argumentado el concejal del Frente de Todos Norberto "Chucho" Gómez el años pasado, cuando presentó su propio proyecto.

La ordenanza que finalmente fue aprobada este miércoles dispone varios cambios y modificaciones a la mega ordenanza 10703 (COUT).
* El artículo 65 quedó redactado de la siguiente manera: "Todo edificio subdividido en 40 o más unidades funcionales podrá poseer una vivienda para el encargado permanente. La misma deberá tener como mínimo 54 metros cuadrados y las siguientes dependencias: estar-comedor, cocina, baño y dos dormitorios". Agrega que "se podrá optar entre la construcción de una vivienda para el encargado permanente sin costo o efectivizar el pago de una tasa de afectación específica equivalente a 50 veces los derechos de construcción correspondientes a una vivienda tipo B de 54 metros cuadrados".
Hasta ahora ese artículo establecía que "todo edificio subdividido en 25 o más unidades funcionales debe poseer una Vivienda para el Encargado Permanente" y contemplaba la obligación de contar también con habitación con bacha y anafe, baño y vestuario para el ayudante del encargado.

* Se agrega el artículo 65º bis, sugerido por la oposición que crea el "Fondo de Recuperación Urbana, conformado con lo recaudado por el pago de la tasa de afectación específica mencionada en el artículo 65º", la cual será administrada por la Secretaría de Planeamiento.
* El artículo 66º también se modifica para agregar que en los edificios preexistentes de entre 25 y 40 departamentos que tenían la obligación de contar con uno para los encargados, ahora "podrán ser destinadas a uso común de los propietarios o a vivienda familiar, pudiendo el consorcio alquilar o ceder su uso a terceros. En ese artículo se busca también proteger el puesto de trabajo de los porteros en casos se que el mismo existiera. Pone como condición para lo anterior "que no exista un encargado permanente en el edificio, previa declaración jurada presentada por el consorcio".

* El artículo 68º también fue modificado para incluir a todos los edificios en las obligaciones que correspondían a los que hasta ahora tenían menos de 25 departamentos: "Sin importar las unidades funcionales que posea" deben contar con "una habitación con bacha, anafe, baño y vestuario para ser usado por el personal que preste servicios en el inmueble", establece. Esa habitación tendrá que tener una superficie mínima de 6 metros cuadrados con un lado mínimo de dos metros, similar a una local de categoría II para regular su iluminación y ventilación. Ese requerimiento podrá no ser obligatorio en los edificios que no se desarrollen en altura y no cuenten con servicios y espacios comunes.
El proyecto, que en el recinto fue defendido por el presidente de la Comisión de Planeamiento, el oficialista Javier Mor Roig, sostiene entre sus fundamentos que "en la actualidad los consorcios prescinden de la contratación de un encargado de edificio que vivan en forma permanente".

También argumenta que la construcción de estas viviendas es "trasladada a precio, lo que genera una menor accesibilidad a la vivienda". Y que eso "atenta contra la mayor productividad de la industria de la construcción, debido a que se decide construir menos unidades, ya que el costo de incidencia de esta vivienda no es recuperable. Esto atenta contra el efecto multiplicador de actividad de la construcción, madre de industrias y gran generadora de puestos de trabajo".
Y cierra indicando que al quedar sin uso, estas viviendas generan un gasto adicional en las expensas a los vecinos copropietarios del edificios ya que no pueden destinarlas a otros usos.
La oposición cuestionó que los incentivos para la industria de la construcción se busquen con una iniciativa que "va de la mano con quitarle derechos a los trabajadores".