lunes 23 de marzo de 2026

El Senado aprobó el proyecto de fortalecimiento del sistema de Bomberos Voluntarios

La iniciativa es para que el sector cuente con una serie de beneficios tarifarios, condiciones laborales y otras prestaciones.

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El Senado de la Nación aprobó la incorporación para su tratamiento sobre tablas del proyecto de ley de Fortalecimiento del Sistema de los Bomberos Voluntarios de la República Argentina, que ya había recibido la media sanción en la Cámara de Diputados. La iniciativa recibió el voto de los legisladores justo el mismo día que los bomberos voluntarios festejan su día. 

Ese tramo inicial de la sesión contó con la presencia de Ricardo Arenas, presidente del Consejo Nacional de los Bomberos Voluntarios de la República Argentina, quien estuvo acompañado por el diputado que impulsó el proyecto, Eduardo Bali Bucca.

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Por su parte, el senador Carlos Caserio fue el miembro informante de un proyecto que incluye a mil cuarteles y a casi 45 mil efectivos. “Por todo lo que permanentemente hacen por el bien común, el senador cordobés detalló los alcances de la iniciativa, que fue aprobada de manera unánime”, resaltó el legislador.

En ese sentido, manifestó que “todos nosotros tenemos el orgullo de poder cumplir con estas demandas para quienes han desarrollado esta noble tarea”. Para finalizar, consideró que el voluntariado argentino es “un ejemplo para el mundo”.

El senador radical Julio Martínez, en tanto, resaltó la vocación de quienes se suman a los cuerpos de bomberos, a quienes definió como “quienes nos cuidan”. Agregó que el sistema de bomberos voluntarios a nivel nacional “yo diría que es una de las pocas políticas de Estado que hay, que pasan los gobiernos y esa política continúa”.

Según detalló El Parlamentario, el proyecto crea un régimen tarifario especial de servicios públicos, por el cual se les reconocerá a las entidades de bomberos la totalidad de la facturación de los servicios de energía eléctrica, gas, telefonía fija y móvil, y TIC’s, que se encuentren bajo jurisdicción nacional.

Los entes reguladores y las empresas prestadoras deben garantizar la calidad y las condiciones del servicio público”, reza el texto.

También se estipulan prestaciones a bomberos que padezcan accidentes, en materia de tratamientos de rehabilitación, medicamentos y prótesis. Más específicamente, en asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, traslados y servicio funerario.

En el mismo sentido, ante una incapacidad laboral temporaria, mientras dure ese período o hasta transcurridos 24 meses, el damnificado percibirá una prestación de pago mensual, de cuantía igual al valor mensual del ingreso base.

Las indemnizaciones serán abonadas al accidentado y/o a sus derechohabientes por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Por otra parte, las entidades quedarán exentas del pago de contribuciones patronales con destino a la seguridad social; y se reducirá a cero la alícuota del IVA para las compras realizadas.

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