sábado 23 de marzo de 2024

La justicia de La Plata ordenó aplicar la segunda dosis de la vacuna a un trabajador

Una jueza de La Plata ordenó al ministerio de Salud la aplicación del suero contra el COVID-19 solicitada por un trabajador de la salud con comorbilidades.

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Un trabajador sanitario de La Plata debió acudir a la justicia para que le garanticen el derecho de acceso a la aplicación de la segunda dosis de vacuna contra el coronavirus. La primeras dosis la recibió el 1 de marzo y ante la falta de fecha cierta para la aplicación de la segunda inoculación presentó un amparo que fue resuelto a su favor.

Silvia Cairo, titular del Juzgado Civil y Comercial 10 de La Plata, hizo lugar al planteo del trabajador sanitario, cuyos datos personales se mantienen en reserva. Ahora el Gobierno bonaerense deberá aplicarle la segunda dosis de la vacuna Covishield, según se desprende de la resolución judicial.

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El amparista, de 52 años de edad, es instrumentista quirúrgico. En su presentación judicial sostuvo que por razones médicas desde hace más de un año y medio no puede trabajar; siendo un paciente con antecedentes cardíacos y obesidad, entre otras afecciones detalladas en el expediente.

Tras la presentación en sede judicial la jueza dio traslado al Gobierno provincial para que dé una respuesta, aporte información y datos para determinar cuándo le podrían aplicar la segunda dosis. La respuesta concreta nunca llegó, solo una promesa de aplicación inespecífica “en el corto plazo”.

La magistrada recordó que “cuando se trata de cuestiones vinculadas con la salud -tal como aquí sucede- la urgencia -como requisito condicionante de todo proveimiento cautelar- cobra una relevancia superlativa que incide fuertemente y relega o solapa de alguna manera los restantes requisitos de las medidas cautelares (esto es, verosimilitud del derecho y contracautela)”.

Además significó que “sin perjuicio de no desconocer la grave situación sanitaria por la que atraviesan la República y -especialmente- nuestra Provincia y la compleja articulación de un sistema de vacunación que depende de la llegada de dosis del extranjero que deben distribuirse entre todas las jurisdicciones del país y que se desarrolla en función de criterios estadísticos y epidemiológicos que claramente escapan al resorte de la infrascripta, la orden de aplicar la segunda dosis al aquí amparista no luce ‘prima facie’ irrazonable ni implicaría una intromisión en el desarrollo del programa gubernamental de inoculación, desde que -reitero- expresamente surge del expediente administrativo que la vacunación aquí reclamada sería suministrada en un corto plazo, sobremanera cuando se menciona el carácter de personal de la salud del amparista también afectado por distintas patologías”.

La jueza Cairo recordó que “resulta pública la llegada reciente de diversas vacunas” escenario que fue mostrado “a través de distintos medios periodísticos” y “ante la petición de un tema tan sensible como es el de salud a través de un amparo de una persona hipervulnerable, no puedo dejar de acceder a su requisitoria ante la inobservancia y silencio del Estado, máxime el tiempo transcurrido desde el inicio de este expediente sin que el Fisco diera respuesta certera o cuanto menos se vislumbre fehacientemente cuándo acontecerá lo que indica únicamente como ‘corto plazo’ -repito- sin contestación del Ministerio de Salud y frente a las circunstancias especiales del requirente, lo que ya se trasluce en una urgencia que no puede esperar”.

Tras realizar un análisis pormenorizado del cuadro de situación resolvió hacer lugar a la medida cautelar y ordenar al ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires a la aplicación de la segunda dosis al amparista, en el plazo de un día, luego de notificada la resolución.

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