Este miércoles es el primer día hábil desde que se decretaron las nuevas medidas de restricción y el confinamiento estricto por 9 días. El ritmo de La Plata será claramente menor al habitual, aunque hay rubros y actividades que tienen luz verde para desarrollarse.
A partir del DNU dispuesto por Alberto Fernández, en nuestra ciudad pueden funcionar: “Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas”.
Las nuevas restricciones dejan claro que: “Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible. Cuando no fuera posible, los trabajadores y las trabajadoras recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual neta de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social”.
Las autoridades detallaron que podrán realizarse salidas de esparcimiento al aire libre de 6 a 18 horas. También, el DNU indica: “Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales”.
Al igual que sucedió anteriormente durante la primera parte de la pandemia, el decreto establece una serie de 31 actividades consideradas esenciales que “quedan exceptuadas de las restricciones previstas” en lo relativo a la movilidad “y están autorizadas al uso del transporte público de pasajeros las personas que realizan las siguientes actividades y servicios”.

Cabe recalcar que “los trabajadores y las trabajadoras, así como los empleadores y las empleadoras, deberán continuar efectuando sobre la remuneración imponible habitual los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la obra social y a los servicios jubilatorios”.
Con el objetivo de hacer cumplir estas medidas, los esenciales que se muevan por La Plata “deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público”.

Además, el DNU aclara que exceptuados a las restricciones a la movilidad están las “personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes y personas que deban atender una situación de fuerza mayor”.