jueves 23 de abril de 2026

Un tribunal superior de La Plata rechazó amparo por la vuelta a clases presenciales

La medida fue impulsada por un colegio privado de la localidad de City Bell. La Justicia avaló los datos epidemiológicos de las autoridades sanitarias.

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La Cámara Federal de La Plata rechazó una medida cautelar interpuesta por un colegio platense contra el DNU presidencial que suspendió las clases presenciales por considerar que la medida se ajusta a la situación epidemiológica de la capital provincial.

El fallo de la Sala III del tribunal de alzada, con el voto de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, ratificó el fallo de primera instancia que también había rechazado la cautelar.

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Los jueces consideraron que el Estado acreditó en la causa que “existe un incremento de contagios, una incidencia creciente en la franja etaria que corresponde a la de los estudiantes y las actividades de la educación presencial exigen mayor circulación de personas”.

Agregaron que la medida “no apunta selectivamente hacia las tareas educativas, también comprende un conjunto de actividades desde las recreativas hasta las culturales”.

Sostuvieron que las autoridades sanitarias “califican de alarmante” la situación de la ciudad de La Plata, sin que los datos oficiales tomados desde el inicio de la causa “revelen ninguna variación favorable”.

El planteo para retornar a las clases presenciales había sido efectuado por el Colegio Patris de City Bell, que solicitaba suspender los efectos del decreto que suspendió las clases presenciales. 

La institución fue una de las que se atrevió a desafiar la autoridad presencial amenazó con no acatar la continuidad de las clases a distancia, pero finalmente volvió sobre sus pasos a la espera de una resolución judicial que finalmente le dio la razón a las autoridades sanitarias de Provincia y Nación.

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