En medio de una jornada cargada de polémica, discusiones y marchas en la puerta de la Municipalidad, el Concejo Deliberante aprobó este miércoles el Código de Convivencia Ciudadana, una mega ordenanza impulsada por el intendente Julio Garro a través de la cual se sanciona con fuertes multas, cursos de capacitación o trabajo comunitario a una batería de conductas callejeras que van desde la ocupación del espacio público, la venta ambulante y el maltrato animal, hasta la quema de neumáticos, los piquetes, los taxistas "vuelteros", la quema de basura, los destrozos que pudieran producirse en el Último Primer Día o el manejo de los desechos industriales.
La aprobación de la ordenanza fue forzada por la mayoría de Juntos por el Cambio, en una votación nominal en la que apeló a sus 13 concejales y su aliado del GEN, en tanto que fue rechazada de plano por los diez concejales del Frente de Todos. Según se informó, la ordenanza entrará en vigencia en 180 días.
La sesión fue precedida por una reunión del bloque del Frente de Todos, fuerte detractor del Código, con la presencia de la candidata a diputada nacional y concejala de licencia Victoria Tolosa Paz, la ministra de mujeres bonaerense Estela Díaz y el Director de Coordinación del Defensoría del Pueblo bonaerense, Jerónimo Guerrero Iraola, donde los ediles expusieron parte de los argumentos de rechazo. Y arrancó cerca de las 10 de la mañana con la única presencia del bloque oficialista. Los de la oposición llegaron con la reunión ya empezada mientras en las calles empezaban a concentrarse las organizaciones que rechazaron la medida y la barra se instalaron algunos vecinos del barrio El Mondongo interesados en el tramo del Código que contempla el traslado de la Zona Roja.
El Código de Convivencia es una ordenanza madre que unifica contravenciones contempladas en otras ordenanzas y suma nuevas, contemplando duras sanciones que irán de multas e inhabilitaciones hasta la realización de trabajos comunitarios o cursos de capacitación. El grueso de violaciones al código incluye diferentes tipos de faltas, relacionadas con la vida cotidiana, el transporte público, la quema de neumáticos, la salubridad, la venta callejera, el Último Prime Día, el maltrato animal, la oferta de servicios sexuales en espacios "no autorizados" o el acoso callejero.
La discusión en el recinto fue intensa, y arrancó con la defensa ejercida por la presidenta de la Comisión de Seguridad, Romina Cayón, quien elogió el debate y la participación, megó que se trate del Código del intendente Garro y enumeró varios de los cambios que se incorporaron al proyecto original a partir de la participación de distintos sectores. Mencionó la eliminación de la sanción con arresto y reemplazo por el trabajo comunitario y los talleres de concientización.
Y abrió la discusiones que se generarán a partir de ahora debido a que el Código contempla la mudanza de la "Zona Roja". "Buscamos resolver el problema del Barrio El Mondongo -dijo- y nos obligamos a sentarnos a empezar a trabajar en la relocalización y en brindar mayor bienestar a todos los involucrados", dijo. Pero agregó que se "empieza a dar batalla al narcomenudeo, una batalla incómoda que queremos dar y que nunca nadie quiso enfrentar", sentenció.
También elogió que La Plata se convierte en pionera en la sanción del acoso callejero y en la decisión de hacer convivir "el derecho a la protesta con el derecho a la libre circulación", así como la prohibición de la quema de neumáticos y plásticos en las protestas callejeras.
En fila, los concejales de la oposición salieron a fustigar al proyecto y fundamentar el rechazo a la hora de votar. Arrancó Ana Castageto, quien relativizó la participación de las organizaciones que fueron a las reuniones de comisión. "Que hayan participado no significa que sus propuestas hayan sido tomadas e incorporadas. Y muchas de esas organizaciones se manifestaron en contra con posterioridad. No es verdad que todos participaron. Compañeras trans y travestis llegaban y se levantaban las reuniones", dijo la concejala.
La siguió el presidente de bloque Cristian Vander, quien cuestionó que el proyecto final ahora plantee la relocalización de la "zona roja" cuando "se retiró de las reuniones en que el tema fue abordado con autoridades provinciales". Fue el momento en que se cruzó con Daniel Domínguez, presidente de la Asamblea de Barrio El Mondongo, quien lo iinterrumpió desde la barra planteando que los vecinos nunca fueron convocados a esas reuniones.
En la crítica se sucedieron las opositoras Yanina Lamberti y Marcela López, quienes apuntaron al impacto que el Código tendrá en los sectores más vulnerables que "no fueron contemplados". Lamberti pidió por el "derecho a la protesta, los vendedores de flores y las manteras que venden ropa usada". En tanto que López apuntó a la intencionalidad política del Ejecutivo a la hora de buscar un ordenamiento: "Se trata de ordenar si tener en cuenta la realidad social de la región o de ordenan con justicia social que es lo que pretendemos nosotros", dijo..
Se sucedieron en la defensa o el ataque a la ordenanza, el del GEN Gastón Crespo, quien justificó su respaldo y pidió la votación nominal, los oficialista Romina Marascio, Javier Mor Roig y Claudio Frangul, y los opositores Ariel Archanco, Norberto "Chucho" Gómez y Guillermo "Nano" Cara.
El proyecto definitivo consta de siete títulos y 364 artículos y el objetivo que se plantea es "modificar y actualizar la norma contravencional vigente sancionada en el año 1985". De acuerdo con sus impulsores, las modificaciones tienen la idea de "preservar el espacio público como patrimonio comunitario a través de cuatro ejes: el respeto social, el cuidado del medio ambiente, la protección animal y la salubridad pública".
Para cada conducta considerada violatoria del articulado se contemplan faltas graves y sanciones que eliminan el arresto e incorporan el trabajo comunitario. Entendiéndose así a "la prestación de trabajos o servicios personales no remunerados de limpieza, conservación, restauración, ornamentación, o a fines, a favor de instituciones públicas municipales, educativas o asistenciales ubicadas dentro del ejido". También incorpora talleres o cursos temáticos de convivencia ciudadana que tendrán como finalidad la concientización y reeducación en temas como la seguridad vial, género, protección del ambiente, cuidado del espacio público y convivencia con animales.
LAS SANCIONES
Algunas de las violaciones que se incorporaron en el nuevo código son las siguientes:
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Quema de neumáticos: "El que incinerare neumáticos, objetos plásticos u otros que por su composición produzcan gases tóxicos, será sancionado con una multa con de 50 a 2000 módulos. Podrá disponerse además, la clausura y/o inhabilitación del o los locales comerciales, industriales o de cualquier otra naturaleza donde se origine. Cuando dicha conducta fuera desplegada por partidos políticos, Asociaciones gremiales, Asociaciones civiles, Organizaciones no gubernamentales, o agrupación de personas, se aplicará una multa de 100 a 2000 módulos, al ente que corresponda".
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Ruidos molestos: Se consideran los ruidos y vibraciones como una forma de energía contaminante del ambiente por eso y se mencionan a los "articulares que estimulen o provoquen ruidos molestos, cualquiera sea su origen, fuentes móviles o fijas, provocados por automóviles o equipos de sonido, perturbando la tranquilidad o reposo de la población. Pero también a "los titulares o conductores que posean y/o circulen e vehículos con equipos de sonido modificados, conocidos como audio Car o similares, y estando estos activados causando, produciendo y/o estimulando ruidos molestos en la vía pública entre las 22:00 hs y las 6:00".
Manifestaciones: De acuerdo a la interpretación del oficialismo se busca el equilibrio entre el derecho a manifestar y el derecho a circular, buscando garantizar el primero sin que se impida el normal desarrollo del tránsito. En ese punto hay un cambio respecto al proyecto original que era más duro con los manifestantes. "Las manifestaciones y/o movilizaciones deberán procurar no impedir el normal desarrollo del tránsito vehicular de la ciudad. En caso de que en razón de la cantidad de personas participantes sea necesario la utilización de la calzada, la misma deberá ser ocupada acorde a la dimensión de la manifestación y permitiéndose la libre circulación por los carriles restantes. Queda expresamente prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público", dice el artículo en cuestión. Y agrega que "el Departamento Ejecutivo podrá habilitar una excepción a este supuesto, en los casos de manifestaciones multitudinarias en las cuales no sea posible otra alternativa".
Último Primer Día (UPD): "Serán sancionados con multa de 50 a 600 módulos y/o trabajo comunitario durante un máximo de 60 días, los padres, tutores o guardadores de menores de edad, por los daños que éstos causaren en el espacio público municipal, con motivo de los festejos de inicio o finalización del año lectivo o en el contexto escolar. Se dispondrá la obligación de volver al estado anterior, los bienes o espacios afectados al estado anterior, debiendo además brindarse en las instituciones de pertenencia de los alumnos, jornadas educativas al efecto".
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"Zona Roja": "El que ofreciere, solicitare, negociare o aceptare directa o indirectamente servicios sexuales retribuidos, en los espacios públicos no autorizados, será sancionado con multa de 100 a 900 módulos". En ese punto se deja abierta la posibilidad de la relocalización ya que se explicita que "el Departamento Ejecutivo reglamentará los lugares y condiciones donde se permitirá el ejercicio de la actividad".
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Sin humo: En consonancia con una ordenanza sancionada este año en el Concejo Deliberante, se establece que "el que fume y/o arroje colillas o restos de cigarrillos dentro de los espacios de juegos o circuitos deportivos existentes en parques, plazas u otros espacios públicos, será sancionado con multa de 5 a 50 módulos".
Acoso callejero: En los artículos 217 y 218 del proyecto se establece que "quien mediante hostigamiento, maltrato o intimidación, afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las personas, por motivo de su condición de género, identidad y/o orientación sexual, en espacios públicos o espacios privados con acceso público, siempre que estas acciones no configuren delito, será sancionado con multa de 1000 a 2500 módulos y la realización de un curso con una carga horaria de 8 hs.". Conductas que tendrán sanciones más duras cuando la víctima fuere una mujer, personas no binarias o miembros del colectivo LGBT+, fuera menor de edad, sea realizado por dos o más personas o se realice mediante la propagación de imágenes o grabaciones no consentidas.
Maltrato animal: El Código contempla sanciones a quien que maltrata, violenta, mutila, golpea o cercena la integridad física de un animal, sin importar la especie, pero también a quien no junta la materia fecal de la vía pública. También menciona sanciones para los que abandonen animales en un espacio público o privado, a quien los confine en espacios inadecuados para su bienestar físico y/o emocional o menoscabe la integridad de un animal, ya sea por pintarlo o teñirle el pelo. Las sanciones se extienden a quien deje atado o amarrado, dentro de su domicilio o en el espacio público, un animal doméstico de manera injustificada por un período de tiempo que se pueda considerar perjudicial para su bienestar y a quien deje desamparado a un animal en la vía pública luego de atropellarlo, intencionalmente o no. Finalmente, en un tramo que podría genera polémica porque afecta a la actividad de los carreros, e incluye como una conducta sancionatoria al uso de vehículos con tracción a sangre.
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Venta ambulante: el artículo 219 del proyecto despachado este jueves sanciona a quien vende "de manera ambulante en el espacio público, cualquier producto sin importar la naturaleza, excepto los autorizados específicamente, conforme lo dispuesto en las ordenanzas vigentes en la materia", así como la "realización de ventas en forma ambulante con mercaderías o muestras con propósitos comerciales, sin que sus propietarios posean el permiso, inscripción o comunicación exigibles, o de mercaderías u objetos distintos a los que se hubiere permitido o cuya comercialización fuere prohibida".
También se incluyen sanciones para la venta ambulante mediante el empleo de vehículos o elementos no aptos para tal fin, o diversos de los habilitados. Y "la ocupación de la vía pública con mercaderías o muestras, con propósitos comerciales, sin que sus propietarios posean el permiso, inscripción o comunicación exigibles, o excediendo los límites autorizados; o de mercaderías u objetos distintos a los que se hubiere permitido comercializar".
Además se incluye sanción para "el ofrecimiento a viva voz de cualquier producto, o el empleo de adminículos sonoros destinados a llamar la atención del público".