Este domingo se llevarán a cabo nuevas elecciones legislativas: la Cámara de Diputados de la Nación renovará 127 de sus 257 bancas y el Senado 24, mientras que La Plata también elegirá 6 nuevos diputados provinciales y 12 concejales. Para entender quiénes se benefician con cada voto o qué pasa si se emite un voto en blanco es necesario comprender la historia y los motivos de fondo de esa práctica.
En Argentina, el voto es un derecho que permite elegir a los candidatos que representarán a todos en los cargos gubernamentales y también una obligación. Pero en caso de que ninguna propuesta logre seducir al votante, se puede votar en blanco.
Se trata de introducir un voto vacío en la urna, una manera de cumplir con la obligación cívica y a la vez mostrar rechazo por las opciones disponibles. El Código Nacional Electoral indica que se considerará voto en blanco "cuando el sobre estuviere vacío o con papel de cualquier color sin inscripciones ni imagen alguna" y agrega que esto "representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio".
Si bien está bastante difundida la creencia de que un voto en blanco va a beneficiar al candidato ganador, en realidad esto no suele suceder porque los votos que determinan los cargos nacionales y provinciales son solo los votos afirmativos válidamente emitidos a una lista o agrupación. Por un lado, están los votos válidos y, por el otro, los afirmativos: un sobre vacío cuenta como válido pero no como afirmativo, ya que estos últimos serán solo aquellos en los que las personas coloquen una boleta oficial de algún partido. Aún cuando no alcanzara la diferencia de votos y los candidatos fueran a balotaje, se toma siempre la base de votos afirmativos. A la hora de promediar los votos, aquellos en blanco no tienen valor.
Pero hay una sola excepción a esa regla: las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). En esa primera vuelta los votos en blanco sí se computan en el porcentaje final, ya que en esa votación se define quiénes serán los candidatos oficiales que participarán de la elección general, para lo cual se deberá alcanzar un piso mínimo del 1,5% de los sufragios. Por eso se suman todos los votos válidos y solo aquellos frentes electorales que lleguen a ese umbral entre todas sus listas internas podrán pasar a la etapa de definiciones.
NULOS, RECURRIDOS E IMPUGNADOS
Así se considerará cuando se utilice otra boleta que no fuera la oficial, al igual que si tuviera cualquier tipo de inscripción, imagen o leyenda no impresa en el original. También se considera nulo cuando el sobre contiene objetos extraños o si la boleta está destruida total o parcialmente. Si se votara para el mismo cargo a dos candidatos, el voto también quedaría anulado.

Los votos recurridos, por su parte, son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por alguno de los fiscales. Entonces, los votos se cargan en un acta diferente y luego son escrutados por la Junta Electoral, que tendrá la decisión final de aceptarlos o no.
Finalmente, los votos impugnados son aquellos emitidos por un elector, cuando su identidad es cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales y, según el artículo 92 del Código Electoral Nacional, el presidente de mesa debe dejar constancia de ello en el sobre correspondiente.