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Con la vuelta a la presencialidad plena, Diputados vota la Ley de Etiquetado Frontal

La convocatoria al recinto para este martes incluye el mismo temario de la sesión fallida del 5 de octubre pasado.

A un año de la media sanción en el Senado, el proyecto de Promoción de la Alimentación Saludable, conocido como de “etiquetado frontal”, llega este martes a Diputados, en lo que podría ser el último paso para convertirse en ley.

Luego de la fallida sesión del pasado 5 de octubre, donde Juntos por el Cambio no dio quórum, el recinto volverá a abrir sus puertas este martes y será la primera en realizarse en las mismas condiciones previas a la pandemia iniciada en marzo del año pasado. En esta ocasión, el orden del día fue acordado por las distintas fuerzas políticas e incluye, además, iniciativas vinculadas a derechos de los trabajadores y trabajadoras vitícolas, la Ley Nacional de Oncopediatría, un proyecto de recuperación ovina y de protección a personas en situación de calle.

El proyecto de etiquetado frontal busca brindar información a los consumidores sobre los componentes de los alimentos como azúcares, sodio y grasas saturadas con el objetivo de prevenir “la malnutrición de la población”.

El principal objetivo es dejar a la vista de todas y todos los consumidores la presencia en alimentos y bebidas de altos niveles de los denominados “nutrientes críticos” (grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías), según criterios basados en el “Perfil de Nutrientes de la OPS”. 

De aprobarse la ley, los productos que sobrepasen los límites fijados por el organismo deberán tener en el frente de sus envases una etiqueta octogonal negra, con borde y letras de color blanco, que advierta sobre el exceso del nutriente crítico que corresponda en cada caso.

PRINCIPALES PUNTOS

¿QUÉ PROHÍBE?

El texto del proyecto establece una serie de prohibiciones. En primer lugar, prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles.

Además, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes, ya que según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, realizada en 2018, en Argentina el porcentaje de chicos de 0 a 5 años con exceso de peso es del 13,6%.

También se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.

Por otro lado, se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.

Finalmente, se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito para este tipo de alimentos.

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