“No ha acreditado el recurrente ningún criterio epidemiológico por el cual la pandemia del Covid-19 tenga mayores probabilidades de afectar mediante el contagio a César Ricardo Melazo en la unidad carcelaria en la que se encuentra alojado que en el domicilio familiar donde pretender su arresto domiciliario”. En apenas 47 palabras la fiscal de Casación María Laura D’Gregorio se opuso a que el ex juez de Garantías de La Plata sea beneficiado con un arresto domiciliario que lo depositaría en su lujosa mansión de la localidad de Gorina.
La defensa del ex magistrado presentó un habeas corpus directamente ante Casación, la máxima instancia del fuero Penal de la provincia de Buenos Aires antes de la Suprema Corte, salteando tanto al juez de Garantías de la causa como a la Cámara de Apelaciones, las dos instancias previas que son el recorrido habitual en la mayoría de los planteos de este tipo.
En la presentación la defensa sostiene que Melazo fue ingresado por el Servicio Penitenciario Federal en un listado de internos integrantes de grupos de riesgo por contagio de coronavirus. Acompañó certificados médicos y solicitó el beneficio de morigeración.
Ante este panorama la fiscal D’Gregorio no dudó en oponerse al pedido. En un concreto escrito resaltó que: “Los defensores aluden a un listado del Servicio Penitenciario Federal, sin el acompañamiento de las copias respectivas de dichas listas, lo que constituye un obstáculo para este Ministerio a los fines de dar una respuesta más acabada a los planteos impetrados”.
En relación a los presuntos problemas de salud que alega la defensa, según la fiscal, “no está corroborado que tales posibles patologías lo coloquen dentro de algunos de los grupos de riesgo” y solicitó que el interno sea evaluado por médicos de la Asesoría Pericial de La Plata, medida que aún no fue ordenada por el juez que intervendrá en la resolución del habeas corpus.
En relación a la presentación del recurso directamente en la instancia superior la fiscal consideró que ese salto de instancias no corresponde y que el recurso debe ser encausada “a través del juez de la causa, a cuya disposición se encuentra el detenido, a los fines que analice la situación de éste y velar en su caso, por la garantía del doble conforme, tal como se viene sosteniendo en distintos habeas corpus originarios que ingresaron durante este período de cuarentena, en los cuales se ha resuelto la remisión con carácter de urgente de las actuaciones al órgano de origen a los fines que analice y resuelva la situación del interno, ello con la finalidad de asegurar la igualdad ante la ley de todos los justiciables”. Nadie encuentra una razón lógica o sincera "del per saltum que intenta la defensa", detallaron voceros oficiales con acceso al expediente.
La representante de la acusación aseveró: “Se trata aquí de resolver una situación particular y no el problema de la superpoblación carcelaria que aqueja a los lugares de detención”. En ese sentido resaltó que “tampoco emergen de la presentación efectuada circunstancias que por su naturaleza y esencia, reclamen la razonabilidad de la intervención urgente de este Tribunal obviando el planteo en la instancia pertinente”, es decir, su presentación ante el juez de primera instancia.
En otro pasaje del escrito se señala que en las cárceles se “están implementando múltiples medidas para proteger la salud de los detenidos de acuerdo a los protocoles de detección, diagnóstico precoz, aislamiento preventivo y aislamiento sanitario por coronavirus Covid-19. Asimismo, los detenidos cuentan con atención por profesionales de la salud las 24 horas, se encuentran cumpliendo con las directivas de actuación acorde a las recomendaciones de la OMS y que ante cualquier emergencia que no pueda ser canalizada por la institución, se debe tratar la urgencia por fuera, a través de la red de hospitales públicos”.
En uno de los pasajes de más alto voltaje la fiscal D’Gregorio sostuvo que la eventual “circunstancia de integrar el grupo de riesgo no habilita a la concesión automática del beneficio, para lo cual resulta imprescindible contar con dictámenes actualizados que avalen el planteo efectuado”.
Luego de este dictamen los jueces de Casación deberán analizar los planteos de las partes y definir si Melazo sigue detenido en un penal o seguirá en prisión preventiva pero en la comodidad de su hogar con vista a un lago artificial.
Melazo fue detenido a fines de agosto de 2018 y procesado como presunto jefe de una asociación ilícita multipropósito integrada por magistrados, policías, narcos, barras, ladrones, sicarios junto a lobistas políticos y judiciales que operó en La Plata durante una década, según se desprende de la megainvestigación realizada por la fiscal Betina Lacki, titular de la Unidad Funcional de Instrucción 2 de La Plata.