martes 18 de noviembre de 2025

Semana clave para el ex juez César Melazo, que busca salir de prisión y volver a su casa

La defensa presentó un habeas corpus para solicitar el arresto domiciliario. Alega que integra uno de los grupos de riesgos ante un eventual contagio de coronavirus. La fiscal de Casación se opuso y requirió una pericia médica para el ex magistrado.

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La suerte del ex juez de Garantías de La Plata, César Ricardo Melazo, se define esta semana. Está detenido desde el 24 de agosto de 2018 y con prisión preventiva confirmada por todas las instancias. Está acusado de ser el presunto cabecilla de una asociación ilícita que fue denominada mediáticamente como “megabanda criminal” o “la banda de los jueces”.

Desde su encierro, los diversos defensores que contrató, intentaron excarcelarlo y que lo beneficien con un arresto domiciliario. En todas las instancias fueron rechazados todos los planteos de excarcelación ordinaria, extraordinaria y morigeraciones. La gravedad de los delitos por los que está procesado sumado a su poder residual como ex juez por el momento lo dejaron encerrado en el penal federal de Ezeiza.

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La irrupción del virus Covid-19 le dio otra chance a Melazo para cruzar las rejas del penal y volver a su imponente vivienda con lago artificial en la localidad de Gorina. Su defensa presentó un habeas corpus directamente ante el Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires, la máxima instancia del fuero penal, instancia previa a la Suprema Corte.

La fiscal de Casación María Laura D’Gregorio, como era de esperar, se opuso a que el ex magistrado sea beneficiado con una morigeración por entender que no se acreditó que el detenido integre alguno de los grupos de riesgo ante el posible contagio de coronavirus, tal como 0221.com.ar anticipó el viernes 10 de abril último.

Con ambas posturas sobre la mesa el juez de Casación Víctor Violini deberá resolver el incidente. El magistrado ya otorgó el arresto domiciliario de Enrique “Quique” Petrullo, otro de los detenidos y procesados como integrante de “la banda de los jueces”. Desde el miércoles pasado está en su hogar de la zona norte del Gran La Plata. La medida se mantendrá mientras dure la emergencia sanitaria por coronavirus.

Además Violini fue quien dio vía libre a una habeas corpus presentado por defensores oficiales de la provincia de Buenos Aires y autorizó el arresto domiciliario de, se estima, unos 800 presos alojados en cárceles provinciales, es decir, menos del 2% del total de la población penitenciaria que se encuentra colapsada, al doble de su capacidad de alojamiento.

Pero Melazo no está en una cárcel del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) sino en un presidio federal, donde las condiciones de detención no son tan precarias y los riesgos potenciales son menores.

ESCENARIO NACIONAL

En la cárcel de Ezeiza, junto a Melazo, está detenido el ex funcionario kirchnerista Juan Pablo Schiavi, condenado por la tragedia ferroviaria de Once. Una reciente resolución desfavorable para el ex político enciende las luces de alerta para todos los detenidos del país. Uno de los autores de esa resolución es un ex juez de Casación bonaerense.

Schiavi también intenta salir del penal y volver a su hogar, amparado en los peligros potenciales de contraer coronavirus, pero la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación penal declaró “inadmisible” el planteo que ya había sido rechazado en instancias inferiores.

Para los camaristas federales el ex funcionario no logró demostrar la existencia de un peligro de contagio, pese a que fue incorporado en un listado de internos de riesgo elaborado por el Servicio Penitenciario Federal (SPF). La circunstancia de esté incluido -en virtud de las patologías que padece-, dentro de los grupos de riesgo, sólo demuestra de que se encuentra en un peligro presunto o hipotético frente a un eventual contagio de COVID-19.

Los magistrados entendieron que “aun ponderando aquellas circunstancias y el estado de salud del detenido, y el hipotético peligro genérico frente a los efectos que pudiera tener la pandemia de Covid-19, esa única pertenencia a un grupo de riesgo no configura por sí mismo el requisito de la existencia verificada de un concreto supuesto de peligro”, detallaron fuentes judiciales consultadas.

En otro pasaje de la resolución los jueces agregaron que “la mera mención generalizada de un mayor riesgo de contagio en el ámbito carcelario no habilita automáticamente la concesión de la prisión domiciliaria, se requiere de un diagnóstico específico en cabeza de autoridades competentes que determine si las condiciones de encierro dentro del ámbito del Servicio Penitenciario Federal le impiden al interno recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia, sin perjuicio del control o monitoreo que realicen los magistrados en cada situación de detención y sobre cada planteo de salud en concreto”, aseveraron las mismas fuentes consultadas que accedieron a la resolución de los camaristas Carlos Mahiques (ex juez de Casación bonaerense), Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa.

 

 

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