domingo 05 de abril de 2026

Importante sentencia con perspectiva de género en La Plata y autocrítica judicial

Un hombre fue obligado a mudarse de su casa porque estaba a menos de 700 metros de distancia de la mujer agredida que lo denunció. El juez reconoció, además, que existe “ineficacia” judicial en los casos de violencia de género.

--:--

Una resolución judicial dictada en La Plata, mediante la ampliación de la mirada en base a una perspectiva de género, marca un nuevo camino a transitar en la prevención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia hacia las mujeres, según se desprende de la resolución oficial, confirmaron fuentes oficiales consultadas por 0221.com.ar. Esta sentencia pone a la justicia de La Plata a la vanguardia de los nuevos paradigmas que reclama un sector importante de la sociedad.

Los datos de los protagonistas de esta historia que ocurrió en algún lugar del Departamento Judicial de La Plata se mantendrán en reserva. El objetivo es resguardar la intimidad de la mujer que fue víctima de violencia machista. Se trata de un caso denominado “de alto riesgo”, confiaron las fuentes consultadas.

Lee además

El juzgado de Familia Nº 8 del Departamento Judicial La Plata resolvió ampliar el perímetro de restricción de acercamiento a 700 metros, aclarando que si el domicilio del denunciado se encuentra dentro de esa distancia, deberá ser excluido de su lugar de residencia, a efectos de dar cumplimiento a la orden judicial. El agresor vivía a 500 metros y se tuvo que mudar.

En el escrito, entre las consideraciones formuladas por el juez Mauro Javier Cerdá, se destaca la necesidad de revisar “La ineficacia judicial frente a casos individuales de violencia contra las mujeres propicia un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general, y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir”.

“Es una sentencia que preserva el derecho de la Mujer. En este caso la justicia aclara que la exclusión del hogar se aplica aunque el agresor no viva en el mismo domicilio de la víctima”, expresó Silvina Perugino, directora provincial de Casos Críticos y Alto Riesgo del ministerio de Mujeres de la provincia de Buenos Aires.

En el caso la mencionada dirección junto a la de Acceso a la Justicia y Asistencia a la Víctimas del Ministerio de Justicia bonaerense, se arbitró la colocación del dispositivo de tobillera para el violento, aún cuando el municipio de residencia no tiene convenio vigente para tal fin.

“Estamos trabajando en pos de ampliar los convenios a todos los municipios de la Provincia para aplicar el sistema de tobilleras, hasta diciembre de 2019 sólo había acuerdos con 20 localidades. En un esfuerzo con el Ministerio de Seguridad, y del Servicio Penitenciario, estamos arbitrando los medios para aplicar los dispositivos de tobilleras, aún cuando no se encuentren los convenios en marcha, para salvaguardar a todas las mujeres bonaerenses que sufren estos hechos”, indicó Perugino.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar