Diego Villanueva y Rosa Martignoni, quienes fueron juzgados por la muerte de Renzo Villanueva –el menor que cayó desde el séptimo piso de un edificio en La Plata- resultaron absueltos según entendieron por unanimidad los jueces del Tribunal Oral Criminal III de La Plata, en una resolución que se conoció en la mañana de este lunes 21 de diciembre. Los jueces ordenaron la excarcelación de los acusados que llegaron a juicio con arresto domiciliario.
La absolución es una resolución de primera instancia que no es definitiva. La acusación (fiscalía o particular damnificada) pueden apelar ante el Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires.
El hecho ocurrió alrededor de las 20 horas del 10 de octubre de 2017, en un edificio situado en la calle 9, entre 55 y 56, cuando Renzo cayó desde el balcón del 7° piso "A" y murió a consecuencia de los golpes.
Los dos acusados explicaron que el niño jugaba en una habitación que da a un patio interno cuando se le cayó un juguete, escaló por un ventilador, se asomó por la ventana, perdió equilibrio y se precipitó al vacío.
Sin embargo, Ángela Donato, la madre del niño acusó a la pareja de haber tirado al nene por la ventana. Durante el juicio sostuvo que el acusado no aceptaba la condición Down del nene, pero esa versión quedó desvirtuada con la declaración de terapeutas y otros testigos que conocieron la relación entre padre e hijo.
En la audiencia desarrollada el 12 de marzo, una experta de la Asesoría Pericial de la Suprema Corte bonaerense y un criminalista desacreditaron científicamente el informe realizado por peritos de la división policial Casos Especiales, que fue la prueba principal para dictar la prisión preventiva y el juicio oral a los acusados, ahora absueltos.
"La pericia está mal hecha. Está totalmente alterada de la realidad". En apenas once palabras los expertos forenses echaron por tierra (luego de una puntillosa y documentada exposición) la principal prueba de cargo de la acusación.
Durante los alegatos la fiscal Victoria Huergo solicitó una condena por “homicidio culposo”. Por su parte los abogados de la madre de Renzo reclamaron una condena por “homicidio agravado por dolo eventual” para el padre y de “partícipe necesario de homicidio simple” para su pareja. La defensa, a cargo del letrado Darío Saldaño, planteó la absolución por entender que no se acreditó el homicidio culposo ni el dolo eventual. Como planteo subsidiario ante un posible encuadre legal por homicidio culposo planteó la absolución por el beneficio de la duda. Además requirió que se aplique la figura de “pena natural”, es decir el dolor de los acusados por la pérdida de un ser amado.
La resolución lleva la firma de los jueces Ernesto Domenech, Andrés Vitali y Santiago Paolini.