jueves 02 de abril de 2026

Los estatales con hijos en edad escolar podrían volver a sus lugares de trabajo

El Gobierno dejó las licencias que los alcanzaban y podrían ser requeridos en sus lugares de trabajo. Siguen exceptuadas embarazadas y personas de riesgo.

--:--

El Gobierno dejó sin efecto desde el 18 de diciembre la autorización a la inasistencia de los trabajadores estatales que fueran progenitores o adultos responsables a cargo de menores en edad escolar y cuya presencia en el hogar resultaba indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente y mientras durara la suspensión de clases, permitiéndoles el trabajo desde sus casas.

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial de este jueves y en la práctica implicaría que esos agentes debieran retomar la presencialidad de sus labores, aunque esa decisión quedó en manos de cada repartición.

Lee además

Fuentes del Ministerio de Trabajo le explicaron a 0221.com.ar que la resolución no implica una vuelta masiva a las oficinas, sino que quedará en manos de cada repartición y autoridades de área definir quiénes y cómo comenzarán a volver a sus lugares de trabajo. Se espera que el regreso sea paulatino y siempre y cuando puedan cumplirse con las medidas de seguridad e higiene necesarias para evitar nuevos contagios con coronavirus.

La medida conocida ahora es una resolución del Jefe de Gabinete Carlos Bianco y dispone en su único artículo "dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución N° 90/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del día 18 de diciembre de 2020".

Esa resolución había sido emitida el 17 de marzo, en el arranque de la pandemia. Y en artículo 3º disponía autorizar, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas producto de la pandemia "la inasistencia de las personas trabajadoras del Sector Público Provincial, cuando se trate del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible, sin afectar la percepción de las remuneraciones normales, habituales, ni de los adicionales que por Ley o Convenio le correspondiere percibir".

Aquella resolución, también del Jefe de Gabinete, era más amplia y en otros artículos autorizaba la inasistencia de las trabajadoras que cursarán embarazos y a aquellos agentes estatales que forman parte de la población de riesgo, los cuales seguirán contando con la posibilidad de trabajar desde sus hogares.

El argumento esgrimido para dejar sin efecto la autorización es el fin del ciclo lectivo. "En atención a la finalización del ciclo lectivo y al dictado de la Resolución N° 2801/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación (que suspendía el dictado de clases), resulta necesario dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución N° 90/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros", dice textualmente.

De todos modos, seguirán teniendo la posibilidad de trabajar desde sus hogares la embarazadas y la población de riesgo: todos los mayores de 60 años, las personas inmunosuprimidas, todos los pacientes en tratamiento oncológico, las personas que padezcan enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, diabetes, obesidad mórbida, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis próximamente.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar