jueves 06 de febrero de 2025

El joven acusado por el triple crimen ya es mayor de edad: ¿puede cambiar la causa?

E.S alcanzó legalmente la mayoría de edad al cruzar la frontera temporal que marca en qué fuero se juzga a las personas en conflicto con la ley Penal. En su declaración no oficial había dicho que pensaba volver de Mar del Plata cuando “sea mayor” pero seguirá siendo juzgado en el fuero penal juvenil por su edad al momento del hecho.

--:--

La delgada línea del almanaque indica que E.S., el joven procesado por el crimen de su madre, su padrastro y su sobrina, este jueves 9 de enero de 2020 alcanzó legalmente la mayoría de edad, ya que en esta jornada cumple 18 años.

Pese a que ya es mayor de edad, el marco legal que protege a la infancia, niñez y adolescencia, prohíbe la difusión de imágenes de su rostro y de sus datos personales (como nombre, apellido domicilio, apodos o número de DNI). En las normas vigentes, al momento de su redacción los legisladores entendieron que debe garantizarse a los jóvenes acusados el resguardo de su intimidad, ya que se trata de menores.

Lee además

Por ese motivo no importa que ya tenga 18 años. Si cometió un delito cualquiera cuando era menor de edad, deben respetarse esas reglas al momento de difundir noticias de casos en los que hay menores imputados, procesados, detenidos y hasta condenados.

Tal como ocurrió en el curso de la investigación de este triple crimen, se planteó el debate sobre si corresponde o no dar a conocer rostro e identidad de menores. Desde el ministerio de Seguridad bonaerense aclararon que desde esa cartera “sólo se pueden difundir esos datos en casos de órdenes de captura o de búsqueda de paraderos de menores extraviados”, pero una vez que se dio con ellos, vuelve todo al estado anterior, es decir, se deben quitar las imágenes y nombres de los medios de comunicación para que prevalezca el resguardo de intimidad.

Si bien E.S. será juzgado por la ley en el fuero de menores y se lo acusa de un delito cuya única pena posible es la prisión perpetua, los juzgadores no deberán perder de vista el llamado “interés superior del niño” establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación que forma parte del plexo normativo vigente en el país y de raigambre constitucional mediante el inciso 22 del artículo 75 de la Carta Magna (Convención sobre los Derechos del Niño).

En el terreno de las especulaciones, tal vez en este caso será muy complejo que se aplique la pena de prisión perpetua, ya que los tribunales orales de menores suelen utilizar una escala punitiva menor en base al plexo normativo mencionado.

Siempre dentro del terreno de las probabilidades se estima que la pena máxima que E.S. puede cumplir es de 16 años y cuando consuma dos tercios de esa condena (unos 10 años y ocho meses aproximadamente) estaría en condiciones de acceder a la libertad condicional. Esto es una especulación solamente para poner en contexto cómo es el sistema de penas y cumplimiento en el fuero de menores. No hay que olvidar que cada expediente es un “traje a medidas” como se dice en la jerga de tribunales. Cada causa tiene sus particularidades, historias de vida y complejidades. Atenuantes y agravantes. Lo que “es judicialmente” en un caso, tal vez no lo sea en otro de aparentes características similares.

Cabe recordar que el joven está oficialmente detenido y este viernes se analizará si continuará privado de su libertad pero bajo la figura de la prisión preventiva que en efecto funciona como un adelanto de pena anticipado sobre una personas que técnicamente tiene su estado de inocencia inalterado ya que hasta el momento no pesa sobre él ninguna condena firme basada en cosa juzgada.

Pero la prisión preventiva es una facultad que el Poder Legislativo le dio al Estado para asegurar los fines del proceso y despejar el horizonte de los peligros procesales de fuga o entorpecimiento probatorio con la mirada puesta en el gran acto procesal de una causa que es el juicio oral, momento en el que el expediente se debate de cara a la sociedad, a la opinión pública.

En este caso el joven estuvo cinco días oculto. Intentó llegar por sus medios a Mar del Plata de donde pensaba regresar “la próxima semana cuando ya voy a ser mayor de edad” le dijo el acusado a los investigadores en una declaración extrajudicial sin valor para la investigación. Pero en el camino tuvo sed, ingresó a un destacamento policial de la Autovía 2 a pedir “un poco de agua”, un policía le preguntó su nombre, él respondió con su verdadera identidad y quedó demorado en el paraje vial del kilómetro 68 de la mencionada ruta nacional.

EL CASO

Los asesinatos de Graciela Holsbak (54); su pareja Raúl Bravo (58); y de su pequeña nieta, Alma (5); fueron descubiertos el día de Año Nuevo en la casa situada en la calle 523, entre 164 y 165, de Melchor Romero.

Según el informe preliminar de las autopsias, las víctimas presentaban un promedio de 13 heridas de arma blanca cada una.

El hombre tenía una herida mortal en la zona del corazón; Holsbak una en el abdomen y la niña había sido degollada y su cuerpo descuartizado a la altura de las rodillas y colocados en una bolsa de consorcio que fue encontrada en la cocina.

“Las víctimas presentaban heridas de defensa, cortantes, en sus manos y dedos”, apuntó una fuente cercana a la investigación que graficó que el asesino usó el arma blanca “como un látigo”.

La presencia de heridas de defensa hace presumir que las víctimas estaban despiertas al momento del ataque, pero los peritajes de las vísceras confirmarán si habían sido drogadas para disminuir su oposición a los ataques.

El joven es asistido legalmente por Raquel Ponzinibbio, titular de la Defensoría Oficial de Menores 14 del departamento judicial de La Plata. La causa es investigada por la fiscal Carmen Ibarra y como juez entiende el subrogante Luis Miguel Gabián.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar