martes 11 de noviembre de 2025

Macri puso límites a la compra de dólares y controlará las transferencias al exterior

Son medidas tomadas a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado este domingo en un edición especial del Boletín Oficial. Limitarán la compra de divisa de empresas, bancos y fondos. Además imponen a los exportadores plazos para liquidar sus divisas. No habrá feriado bancario y se extiende el horario de atención en las entidades.

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El presidente Mauricio Macri dispuso a través del Banco Central un control de cambios que incluye un límite para la compra de 10 mil dólares mensuales por parte de los individuos y plazos máximos a los agroexportadores para el ingreso al país de las divisas obtenidas por sus operaciones. Lo hizo mediante el Decreto 609/2019, publicado este domingo en una edición especial del Boletín Oficial en el que autoriza al titular del Banco Central, Guido Sandleris, a avanzar con medidas que significan un cambio absoluto en la política cambiaria y desnudan la magnitud de la emergencia económica.

Por otro lado, no habrá feriado bancario y, desde este lunes , el horario de atención público se extenderá hasta las 17.

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En concreto, el "cepo" mensual de compra para personas humanas es de 10.000 dólares, esto es unos 600.000 pesos.

En el Gobierno se nuegan a hablar de “cepo” y diferenciarán esta medida, que cuenta con un parámetro objetivo, con la aplicada en tiempos de Cristina Kirchner y Axel Kicillof, en la que las operaciones dependían de autorizaciones de la AFIP. Fuentes del Ejecutivo hablan de "medidas para proteger el mercado cambiario y a pequeños y medianos ahorristas”. 

El decreto se fundamenta en “los recientes acontecimientos económico-financieros desencadenados, de público conocimiento, y (en) la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en curso” Ante eso, señala que “es necesario adoptar medidas transitorias y urgentes para regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, de esa forma, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real”.

El texto recuerda, después de tres años y ocho meses de gestión, “que, conforme surge del inciso b del artículo 29 de su Carta Orgánica, el Banco Central de la República Argentina debe ‘dictar las normas reglamentarias del régimen de cambios y ejercer la fiscalización que su cumplimiento exija’”. “En ese marco -continúa-, es necesario establecer ciertas reglas extraordinarias y transitorias relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con las transferencias al exterior y con el acceso al mercado de cambios”.

El decreto presidencial establece en su artículo 1 que “hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina”.

Asimismo, el artículo 2 indica que el BCRA, “conforme lo previsto en su Carta Orgánica, establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas”.

Ambas disposiciones van de la mano, ya que no tendría sentido ponerles un plazo a los exportadores de oleaginosas y cereales para liquidar sus divisas en el mercado si no existe alguna traba para que puedan darse vuelta de inmediato y, con los pesos resultantes de la primera operación, “darse vuelta” para redolarizarlos y sacarlos del país.

En la emergencia, que en los últimos días implicó incluso una aceleración de una ola de retiros de depósitos en dólares de los bancos, con especial impacto el viernes, opta por un pragmatismo forzado que le permita llegar con algún oxígeno al plazo de entrega del mando, el próximo 10 de diciembre.

De esta manera, Macri busca, con inspiración del nuevo ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, frenar una sangría de reservas del Banco Central que superó los 900 millones de dólares el último jueves, los 1.900 millones el viernes y los 13.000 millones a lo largo de agosto.

Según cálculos privados, las reservas netas, que el Central puede utilizar para frenar la corrida contra el peso, no superan ya los 12.000 millones de dólares, una cifra considerada escasa y que enciende todas las alarmas en el equipo de asesores del máximo favorito para suceder a Macri, el peronista Alberto Fernández.

Queda pendiente ahora que en lo inmediato Sandleris anuncie los parámetros que se aplicarán al control de cambios, sobre todo en lo que respecta a las personas jurídicas (empresas, bancos, fondos de inversión y compañías aseguradoras).

Por otro lado, el artículo 3 del decreto faculta al Banco Central a “establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esta medida”.

Eso significa que se controlarán las llamadas operaciones de “contado con liquidación”, que permiten dolarizar carteras a través de la compra en pesos en el mercado local de acciones y títulos públicos que también cotizan en Nueva York, donde son vendidos en dólares.

El texto también corrige uno de los puntos más cuestionados del anuncio del miércoles último de Lacunza, esto es la reprogramación de los vencimientos de Letras del Tesoro en dólares y en pesos en poder de los inversores institucionales. En ese momento no se advirtió que en los fondos comunes de inversión figuran como cuotapartistas personas físicas que quedaron “acorralados” con sus ahorros. Ahora estos podrán recibir el 100% de su dinero al igual que todos los tenedores individuales de esos títulos de deuda de corto plazo.

 

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