En el año 2017 la opinión pública centraba su atención en un divorcio contradictorio que tramitaba en La Plata. El empresario metalúrgico Leonardo Anagrafe irrumpió en la casa que compartió con Gabriela Villalba y construyó un muro de metal. Así intentó quedarse intempestivamente con una parte de la propiedad ubicada en calle 20 entre 59 y 60. Una división de bienes forzada.
Tras el hecho, la mujer contó su caso en varios canales de televisión de alcance nacional. El contragolpe no tardó en llegar. Su ex la demandó por calumnias e injurias, delitos que atacan el honor de las personas.
En su veredicto, el juez Correccional Juan José Ruiz, consideró que los dichos de la mujer en medios de televisión y redes sociales fueron un acto de defensa ante la violencia de género de la que fue víctima.
Tras analizar doctrina y jurisprudencia, entendió que se trató de un caso de “interés público” porque se encuadra dentro del tratado contra la violencia de género “Belem do Pará” al que Argentina adhirió por la vía de su Carta Magna.

Para el magistrado “restringir la posibilidad de denunciar en los medios masivos de comunicación y en las redes sociales las posibles situaciones de violencia de género podría poner en riego la obligación del estado de garantizar a las mujeres que hayan sido sometidas a esa situación el ‘acceso efectivo’ a un juicio oportuno y eficaz en defensa de sus derechos”.
En la resolución el juez destaca la denuncia penal que hizo la mujer, asesorada por su abogado Marcelo Peña.

El delito por calumnias e injurias está tipificado en los artículos 109 y 110 del Código Penal, pero nunca había sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales, hasta febrero de 2018 cuando, en una sentencia sin precedentes, la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por "calumniar e injuriar" a un hombre a través de las redes.