El juez correccional de La Plata Juan José Ruiz resolvió que es inconstitucional un decreto provincial que exige contar con un libre deuda de infracciones como requisito para poder sacar el registro de conducir.
El juez correccional de La Plata Juan José Ruiz resolvió que es inconstitucional un decreto provincial que exige contar con un libre deuda de infracciones como requisito para poder sacar el registro de conducir.
El magistrado dio lugar a un amparo presentado por un motociclista a quien la municipalidad de La Plata no le otorgó la licencia porque adeudaba cinco infracciones de tránsito.

Automovilistas y vecinos cuestionan la extensión del corte de tránsito en Camino General Belgrano entre 511 y 514, donde se construye el shopping de IRSA.
Agentes del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires detuvieron en Ruta 11 a un conductor que además circulaba en condiciones irreglamentarias.
El juez ordenó a la comuna que prosiga el trámite de la licencia de conducir al motociclista afectado y declaró la inconstitucionalidad del artículo previsto en el decreto 532 del 2009, que establece la presentación del libre deudas de infracciones para obtener la licencia de conducir.
En su fallo, Ruiz consideró que el Estado "cuenta con un régimen específico para el cobro de deudas por multas" y citó como ejemplo el juicio de apremio.
"La paralización de un trámite de expedición de una licencia por la verificación de deudas de infracciones de tránsito vacía de contenido el juicio de apremio y transforma una sanción legal de multa o inhabilitación en una restricción de derechos", detalló.
LAS MUTAS DE LOS PATENSES