miércoles 29 de abril de 2026

Para un juez de La Plata no se puede negar la licencia de conducir por tener multas

Declaró inconstitucional un decreto de la Provincia que determina que para sacar el carnet de conducir no se puede tener deudas de infracciones de tránsito.

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El juez correccional de La Plata Juan José Ruiz resolvió que es inconstitucional un decreto provincial que exige contar con un libre deuda de infracciones como requisito para poder sacar el registro de conducir.

El magistrado dio lugar a un amparo presentado por un motociclista a quien la municipalidad de La Plata no le otorgó la licencia porque adeudaba cinco infracciones de tránsito.

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El juez ordenó a la comuna que prosiga el trámite de la licencia de conducir al motociclista afectado y declaró la inconstitucionalidad del artículo previsto en el decreto 532 del 2009, que establece la presentación del libre deudas de infracciones para obtener la licencia de conducir.

En su fallo, Ruiz consideró que el Estado "cuenta con un régimen específico para el cobro de deudas por multas" y citó como ejemplo el juicio de apremio.

"La paralización de un trámite de expedición de una licencia por la verificación de deudas de infracciones de tránsito vacía de contenido el juicio de apremio y transforma una sanción legal de multa o inhabilitación en una restricción de derechos", detalló.

LAS MUTAS DE LOS PATENSES

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