Un guardavida y una asistente fueron imputados oficialmente tras el fallecimiento del nene de 5 años en el Campo de Deportes del Colegio Lincoln de La Plata. La medida fue dictada por la fiscal Cecilia Corfield, confirmaron fuentes judiciales a 0221.com.ar.
La imputación no implica acusación formal alguna solo la notificación de una causa en proceso, aunque, en rigor, es el paso previo antes del llamado a indagatoria y procesamiento de sospechosos.
Para dictar el procesamiento la fiscal espera el resultado de la autopsia al cuerpo de Lucas Lin y por la tarde realizará una inspección ocular al predio de 518 entre 135 y 137 para conocer la escena del crimen y tomar nota del factor de visibilidad del lugar.
Uno de los escenarios posibles es el procesamiento por homicidio culposo del menor, figura en la que se tiene en cuenta el “deber de cuidado” de los acusados, es decir, “toda acción u omisión llevada a cabo por una persona ante una situación de riesgo o peligrosa y ante la cual el sujeto (acusados) actúa de modo negligente o descuidado dando lugar a la aparición de un resultado típico previsible (muerte en este caso) y evitable”, según indican varios artículos de Derecho Penal consultados.
El deber de cuidado está directamente relacionado con el deber de diligencia ante una situación de riesgo o peligrosa. Por allí pasaré el debate central en el expediente judicial en trámite.