Abril Caballé apareció sana salva. El objetivo central fue logrado gracias a la fortuna. La menor llegó caminando por sus propios medios a la casa de su vecina. Estaba “descalza, mojada y embarrada”, según confirmaron fuentes del caso a 0221.com.ar.
La nena estaba desaparecida desde el miércoles pasado. Fue buscada “casa por casa” en la localidad de Punta Indio durante varios días y se activó un protocolo de alerta y búsqueda nacional impulsado por el propio ministerio de Seguridad de la Nación.
Tras su aparición Abril, fue recibida por personal policial que estaba en la casa de Victoria Agüero, una vecina de la nena que también había sido denunciante en la causa y que incluso declaró ante los medios que la nena permaneció con ella tres días cuando Abril se habría peleado con su madre. En declaraciones periodísticas, Agüero había contado que Abril le dijo: "Me aterroriza estar con mi mamá".
De inmediato los investigadores convocaron a una ambulancia y le dieron abrigo a la chiquita, que será trasladada hasta el hospital de Niños de La Plata donde será revisada por pediatras y no se descarta que quede internada al menos 24 horas para observación.

Una vez que los médicos logren estabilizarla emocionalmente, será entrevistada por psicólogos para comenzar a indagar, con técnicas adecuadas, en los motivos que derivaron en la desaparición de la nena. La hipótesis que se maneja como posibilidad certera -pero no es la única- indica que Abril escapó de su casa.
En la libreta de apuntes del fiscal Juan Ignacio Menucci figura la realización de una cámara Gesell, que es un lugar acondicionado lúdicamente para entrevistar a menores que fueron víctimas de situaciones traumáticas. Pero esta medida de prueba no será en el corto plazo y debe ser avalada por el juez de Garantías del caso.

La versión oficial indica que la madre de la niña había radicado la denuncia por su desaparición, en la que declaró que en la tarde del miércoles último regresaba a su domicilio en las cercanías de la playa El Pericón (Punta Indio) junto a Abril, cuando la nena apartó para volver a buscar una muñeca que se había olvidado.
Al advertir que su hija no regresaba, la madre fue a buscarla pero ya no la encontró, y eso fue el testimonio que brindó a la Justicia. Cuando comenzó la investigación se conoció que la vecina Agüero dijo haber radicado una denuncia ante la Justicia por el desamparo de Abril por parte de su madre y que había pedido su tutela provisoria, situación que llamó la atención a los investigadores ya que la vecina denunciante tiene dos hijas y ninguna vive con ella por orden judicial confiaron fuentes de la investigación a 0221.com.ar.

Técnica y físicamente la Cámara es (o debería ser) una habitación acondicionada para permitir la observación con personas. Está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, los cuales cuentan con equipos de audio y de video para la grabación de los diferentes experimentos. Fue desarrollada por el psicólogo y pediatra estadounidense Arnold Gesell para observar la conducta en niños sin ser perturbados o que la presencia de una persona extraña cause alteraciones.
El uso de esta herramienta comenzó a difundirse en nuestro país a partir de la reforma constitucional del año 1994, cuando se introdujo el concepto de “interés superior del niño” devengado de pactos internacionales a los que adhirió Argentina. Ese interés superior, indica que la víctima debe ser escuchada y asesorada, en protección y ejercicio de sus garantías constitucionales.

En la provincia de Buenos Aires, esta herramienta está prevista en el artículo 102 bis del Código Procesal Penal, donde se establece que en caso de víctima menores de 16 años de edad los magistrados deberán dar intervención de “un Psicólogo o Profesional especialista en maltrato y abuso sexual infantil, quien velará por el resguardo de la integridad psíquica y moral del niño, con facultad de sugerir la prescindencia de preguntas que puedan producir su menoscabo”.
La norma establece que la declaración “se tomará en una sala acondicionada con los elementos adecuados a la etapa evolutiva del menor, pudiendo disponerse, cuando así lo aconseje el Profesional interviniente, que las alternativas del acto sean seguidas por las partes y demás interesados desde el exterior del recinto a través de vidrio espejado, sistema de audio, equipo de video o cualquier otro medio técnico con que se cuente”.

Esos registros de audio y video son confidenciales, sólo tienen acceso las partes en el proceso, es decir, fiscal y defensores, con control del juez de Garantías que interviene. Además, durante todo el proceso y ante cada llamado judicial, la víctima antes de cumplir con esa eventual convocatoria, debe ser asistida por un profesional que la evaluará previamente para saber si está en condiciones psíquicas de cumplir con la medida (ampliación de la declaración reconocimiento de lugares o personas, entre otras diligencias posibles.