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Se prohibió la comercialización de una miel, Guaraná en polvo y más productos

Así lo dispuso la ANMAT -Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica- y se publicó en el Boletín Oficial este último lunes.

En las últimas horas se conoció la prohibición por parte de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de varios productos alimenticios.

Así lo dicta la disposición 368/2018. La prohibicón es para la venta de la "Miel Pura de Abejas", el "Medicago Sativa" y la "Guaraná en polvo".

Así fue publicado en el Boletín Oficial este último lunes.

Con respecto al primer producto, "se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal".

"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", se agrega.

El "Medicago Sativa" es un extracto fluido, con nombre de fantasía de Alfalfa en gotas, marca Anahí, RNE N° 04003235, RNPA N° 04032989, elaborado por Laboratorios Anahí, y la "Guaraná en polvo", de marca Establecimiento Anahí, RNE N ° 04002832 (en el envase), RNE N° 04001765 (en prospecto) RNPA N° 04018381 (en el envase), y RNPA N ° 04018380 (en el prospecto).

"Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 6 bis, 13 y 155 del CAA por carecer de autorizaciones de producto y de establecimiento, y estar falsamente rotulados, resultando ser en consecuencia ilegales", justificó el organismo en referencia a estos últimos dos.

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