La ley 27.445 de "simplificación y desburocratización para el desarrollo de Infraestructura" prevé, en su artículo 23, que pasar el peaje sin pagar pase a considerarse en la Ley Nacional de Tránsito como una falta grave. Y a través del decreto 974/2018, que se publicó este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno fijó el valor de la multa correspondiente a esta infracción.
"En la actualidad no cuenta con una pena expresa conforme lo determina la normativa", advirtió el Ejecutivo en los considerandos de la medida, firmada por el presidente Mauricio Macri y el jefe de Gabinete Marcos Peña.
Así, por "falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito, será sancionado con multa de 100 U.F. hasta 300 U.F. y será restado de la licencia de conducir la cantidad de un punto", según reza el texto.
Y aunque en Capital Federal cada unidad fija tiene un calor de %17.85, en territorio bonaerense esa suma se eleva a $36,51, por lo que una multa de este tipo podría ascender a los 10.953 pesos. "Cuando no se identifique al conductor infractor, será sancionado el propietario del vehículo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 inciso c) de la Ley N° 24.449", agrega el decreto.