ver más

Los playeros de las estaciones de servicio cerraron un nuevo acuerdo y así quedaron sus salarios

La escala vigente fijó nuevos básicos para agosto de 2026 y contempla adicionales por asistencia, manejo de dinero y antigüedad en estaciones de servicio.

Los trabajadores de estaciones de servicio comenzaron a cobrar en agosto los salarios actualizados tras el último acuerdo en paritarias del sector. La nueva escala alcanza a los operarios de playa, conocidos como playeros, y al resto de las categorías comprendidas en el convenio colectivo, con básicos que pueden incrementarse mediante distintos adicionales.

Para un operario de playa, el salario básico quedó fijado en $1.545.472,32 por mes, mientras que el valor diario asciende a $61.818,89 y la hora de trabajo alcanza los $7.727,36. Estos importes funcionan como piso para la categoría antes de incorporar los adicionales que correspondan a cada empleado.

El aumento surgió del acuerdo alcanzado entre el Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGYPE), la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio (FOESGRA) y las cámaras empresarias. La escala incorporó además al básico una suma de $30.000 que hasta junio se pagaba como concepto no remunerativo.

La nueva escala en las estaciones de servicio

Según lo dispuesto, el encargado pasó a cobrar $1.600.406,45 mensuales, $64.016,26 diarios y $8.002,03 por hora. Para los administrativos, en tanto, la escala establece $1.569.084,68 al mes, $62.763,39 por día y $7.845,42 por hora, mientras que los operarios de servicio reciben $1.564.268,58, $62.570,74 y $7.821,34, respectivamente.

Los trabajadores de estaciones de servicio percibirán un nuevo aumento en el salario básico

El operario auxiliar tiene un básico mensual de $1.505.559,36, con $60.222,37 por día y $7.527,80 por hora. El operario conductor percibe $1.535.177,25, $61.407,09 y $7.675,89, mientras que el operario interior y anexos alcanza $1.529.943,26, $61.197,73 diarios y $7.649,72 por hora.

La categoría de sereno quedó fijada en $1.541.730,26 por mes, $61.669,21 por día y $7.708,65 por hora. En el caso de los trabajadores franqueros, el monto se determina de acuerdo con la categoría correspondiente al empleado que reemplazan durante la jornada en la que prestan tareas.

El Convenio Colectivo de Trabajo Nº317/99 establece un adicional por asistencia equivalente al 8% del básico para quienes cumplan las condiciones previstas. También contempla otro 8% por movimiento de fondos para encargados, administrativos, playeros, conductores, operarios de interior y anexos y serenos que manejen dinero en efectivo. La antigüedad, por su parte, agrega un 2% del básico por cada año trabajado entre el primero y el vigésimo año de servicio, mientras que desde los 21 años, el porcentaje asciende al 3% por cada año. Por ese motivo, un playero con experiencia y tareas vinculadas al cobro puede superar el salario básico establecido en la escala.

Te puede interesar