El Gobierno nacional dispuso una baja en las tasas de interés que se aplican a los contribuyentes por pagos fuera de término, deudas judiciales y devoluciones de fondos, mediante la Resolución N°823/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La medida entra en vigencia desde el 25 de junio, pero se aplicará efectivamente a partir del 1 de julio.
Según se estableció en la normativa oficial, la tasa de interés resarcitoria en pesos, que se cobra cuando un contribuyente paga sus obligaciones fuera de término, bajará del 4% al 2,75% mensual. Por su parte, la tasa de interés punitoria, que se aplica a deudas en instancia judicial o con intimación previa, descenderá del 5% al 3,5% mensual.
También se redujo la tasa de devolución en pesos, que el Estado paga a los contribuyentes en caso de devoluciones, como saldos a favor: en este caso, el porcentaje disminuye del 0,75% al 0,5% mensual.
Las nuevas tasas no serán retroactivas. Es decir, para los pagos con vencimientos anteriores al 1 de julio seguirán vigentes los valores aplicables a cada período, según precisó el texto oficial: "Para la cancelación de las obligaciones con vencimiento previo a la fecha de entrada en vigencia de la norma, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que estos alcancen".
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El Gobierno redujo el interés que se aplica a los deudores.
En el Ejecutivo nacional explicaron que esta decisión se toma "en el marco de la importante desaceleración de la tasa de inflación a partir de las medidas implementadas para ordenar la economía". Así lo destacó el ministro de Economía, Luis Caputo, quien celebró la noticia en su cuenta de X.
Además, indicaron que la baja de tasas “evita fluctuaciones que dificultaban la previsión para contribuyentes y operadores aduaneros”, lo que apunta a generar mayor previsibilidad y alivio financiero en las operaciones impositivas.