El Gobierno oficializó la puesta en marcha de un plan de "Contingencia y Previsión" para los meses de verano e invierno, que atraviesen temperaturas extremas, ante la posibilidad de la escases de energía eléctrica. La administración nacional detalló cómo actuará al respecto hasta 2026.
La Resolución 294/2024 fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y detalla las medidas para la generación, el transporte y la distribución, así como para la aceleración de trabajos pendientes, alternativas y tarifas que quiten incentivo al consumo y reduzcan la demanda.
Se creó el "Plan de Contingencia y Previsión para meses críticos del período 2024/2026, con la finalidad de evitar, reducir o mitigar la crítica condición de abastecimiento de energía para los días críticos del mencionado período, que comprende las acciones propias que implementará la Secretaría de Energía en los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, conforme lo previsto en la presente resolución”, dice el artículo 1°.
El documento, que lleva la firma del secretario de Energía, Eduardo Chirillo, explica las medidas para la oferta de energía, como por ejemplo "realizar todas las acciones que permitan obtener la importación de energía y potencia de los países limítrofes en horas de elevada exigencia de días críticos que oportunamente definirá Cammesa y crucialmente en horas pico”.
Además, se formula la incorporación de "un esquema de remuneración adicional, complementaria y excepcional en base a potencia disponible (remuneración fija) y generación (remuneración variable) que promueva la disponibilidad de las centrales de generación térmica en meses y horas críticas, con vigencia desde diciembre de 2024 a marzo de 2026″, por el que se “habilitará a los Agentes Generadores titulares de Centrales de Generación Térmica a adherir a un Compromiso de Disponibilidad de Potencia y Mejora de la Confiabilidad para los meses de verano e invierno”.
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El Gobierno lanzó un plan para evitar cortes de suministro eléctrico en verano.
Por otro lado, en lo referido al transporte de la energía, se mencionan tres modificaciones. El primero de ellos se centra en “propiciar mecanismos regulatorios nuevos sobre los Procedimientos para la programación de la operación, el despacho de cargas y el cálculo de precios” con el objetivo de “fomentar las inversiones en ampliaciones de los sistemas de transporte de energía eléctrica”, que, al fin y al cabo garanticen el abastecimiento energético y otorguen seguridad al sistema.
Estos cambios estarán a cargo de la Subsecretaría de Energía, la cual deberá crear “un esquema integral de disponibilidad preventiva” con el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y los Concesionarios de Transporte en Alta Tensión, principalmente en aquellos nodos identificados como “críticos con sobrecarga”, a fin de contar con la conexión de los transformadores de reserva cuando se requiera su uso, en los días que de extremo calor y donde la demande supere el promedio.
Las empresas deberán presentar su propio programa de atención de contingencias
El ENRE deberá ordenar a las empresas distribuidoras de jurisdicción federal para que, dentro de un plazo máximo de 15 días presenten un Programa de Atención de Contingencias ante situaciones de indisponibilidades en sus áreas de concesión.
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Este programa que deberán diagramar las empresas encargadas de la distribución -en el caso de AMBA, Edesur y Edenor- tendrá que contener los siguientes apartados:
- Las acciones de mantenimiento preventivo para evitar fallos mayores y asegurar que la infraestructura existente funcione a su máxima capacidad.
- El alistamiento de medios físicos incluyendo las disponibilidades de las Unidades de Generación Móvil (UGEM), propias o contratadas, y humanos para afrontar las contingencias.
- Un centro de atención telefónica, de funcionamiento continuo, con personal apto y suficiente para atender las consultas y/o reclamos de los usuarios.
- Un esquema de atención proactiva hacia los usuarios por parte de los prestadores del servicio público de distribución, con información suficiente respecto de las condiciones del servicio y en caso de corresponder su restitución.