A pocos días de cumplirse un mes de gestión el presidente Javier Milei recibió dos nuevos golpes contra su famoso y polémico mega decreto de necesidad y urgencia. Una jueza hizo lugar a otra medida cautelar contra el capítulo laboral del DNU y otro juez habilitó la feria judicial para tratar el amparo de la Federación Argentina de Municipios que lleva la firma de varios intendentes de todo el país.
En el primero de los capítulos la jueza Nacional del Trabajo Silvia Garzini hizo lugar a una medida cautelar reclamada por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA) para que se suspenda la aplicación del capítulo laboral. Fue en relación al planteo en el que se indicaba que el DNU incluía "la eliminación sin ningún tipo de fundamento del Estatuto del Viajante normado en la ley 14.546", según surge de la resolución judicial.
La jueza citó en su resolución el fallo emitido la semana pasada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el caso iniciado por la Confederación General del Trabajo (CGT), el primero que suspendió el capítulo laboral del megadecreto del Gobierno de Milei.
En ese contexto, la jueza Garzini resolvió "hacer lugar a la medida cautelar pretendida y, en consecuencia, suspender preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV -Trabajo- del decreto de necesidad y urgencia No 70/2023, título que incluye la derogación de la ley 14.546 (Estatuto del Viajante), en cuanto afecta a los trabajadores representados por la entidad gremial requirente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presente actuaciones".
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Javier Milei presentó el mega DNU por cadena nacional acompañado por todo su Gabinete y el economista platense Federico Sturzenegger
La ley 14.546 fue dictada "a fin de regular una actividad con modalidades específicas y ha sido, a lo largo de estos años, respetada por las partes involucradas en la relación, sin que, 'prima facie', se avizore en los considerandos del decreto cuestionado que la especialidad del régimen que regula la actividad del viajante de comercio pudiera de forma trascendental afectar en materia social y/o económica, al extremo de haber sido derogada mediante un decreto de necesidad y urgencia", sostuvo la jueza.
En la presentación de la FUVA se había señalado que, además de las limitaciones a la organización colectiva de los trabajadores, el DNU incluía la eliminación de plano de una categoría de trabajadores como son los viajantes vendedores.
Se trata de la tercera cautelar concedida por ese tribunal: la justicia laboral había hecho lugar a un planteo de la CGT y a otro de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).
INTENDENTES AL ATAQUE
El juez del fuero contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico habilitó este lunes 8 de enero la feria judicial para tratar el planteo de la Federación Argentina de Municipios (FAM) contra el DNU de desregulación de la economía.
La FAM, encabezada por el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, pidió que se deje sin efecto el DNU 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, según informó la propia entidad el viernes a través de un comunicado.
A la vez, solicitó que "se ordene, como medida urgente de protección cautelar, la inmediata suspensión de los efectos del decreto hasta tanto las Cámaras del Congreso de la Nación se expidan por la aceptación o rechazo del Decreto 70/23".
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La CGT prepara una masiva movilización para el 24 de enero contra el polémico DNU
"Desde la FAM hemos decidido trabajar para ponerle un freno al accionar inconstitucional que impulsa el Gobierno de Milei. Por eso, 500 intendentas e intendentes de todo el país presentamos este recurso de amparo ante la Justicia para frenar el DNU que avasalla los derechos de las argentinas y argentinos", explicó Espinoza en el comunicado.
Para el dirigente peronista, el decreto presidencial "afecta gravemente muchos aspectos de la vida de nuestras vecinas y vecinos, deja desprotegidos a nuestros jubilados y jubiladas, y atenta contra nuestras pymes y los productores regionales".
En el pedido de acción de amparo se señaló que "el decreto cuestionado viola el presupuesto de validez esencial fijado por la Constitución, por cuanto arremete contra el principio general consagrado por el artículo 99 inciso 3, que es la prohibición del Presidente de dictar disposiciones de carácter legislativo".
"Pero para ello, y sin la intermediación -como corresponde- del Congreso, prefirió arrogarse facultades extraordinarias equivalentes a ejercer la suma del poder público y así derogar el siguiente paquete normativo de amplia vigencia en el país", mencionó.
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La Plata es una de las primeras ciudades del país que se organizó para protestar contra la medida
Foto: AGLP
Y se sostuvo que el DNU "viola el principio rector que sustenta el estatuto del poder", en referencia a "la separación de poderes" y "conduce a la suma del poder público", lo que "constituye una amenaza cierta e inmediata sobre el sistema democrático".
Espinoza consideró que "a días de haber asumido Milei, ya se generó un antes y un después en la Argentina. Vemos cómo se van cayendo argentinos del sistema laboral y cómo se está generando un desmoronamiento del poder económico de todo el pueblo", advirtió.
"Nosotros, como primer escalón de la democracia, tenemos la responsabilidad de defender las voces de millones de mujeres, hombres, abuelas y abuelos, estudiantes, trabajadores y trabajadoras y pymes, productores rurales y regionales que representamos en cada una de nuestras ciudades", concluyó.