sábado 02 de mayo de 2026

¿Cuáles son los puntos de la Ley Ómnibus que retiró el Gobierno de Javier Milei?

El ministro de Economía Luis Caputo habló de las disidencias que generó el capítulo fiscal y anunció que lo retira para facilitar el tratamiento.

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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que el Gobierno de Javier Milei decidió retirar el capítulo fiscal de la Ley Ómnibus que se debatirá este martes en la Cámara de Diputados para facilitar su tratamiento. En ese marco dijo que se tomó esa decisión en función de las divergencias que se generaron en torno a esos temas y que el retiro se hace para que se acelere su tratamiento.

“El paquete Fiscal esencialmente son estas cinco medidas: blanqueo, moratoria, adelanto de bienes personales, ganancias y retenciones. Puede incluir también el cambio de la formula jubilatoria”, dijo el funcionario durante la conferencia de prensa que se desarrolló este viernes en Casa Rosada, pese a que algunos aspectos de los mencionados no forman parte del proyecto.

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Hay disenso en el capítulo económico, los hemos escuchado a todos y compartimos muchos de esos reclamos. Hemos tenido que tomar decisiones incómodas para llegar a déficit cero, pero de ninguna manera queremos que por este capítulo fiscal se demore lo que creemos necesario y urgente”, dijo el funcionario.

Y agregó: “En función de esta situación es que hemos decidido retirar el capitulo fiscal de la Ley de Bases para facilitar su aprobación. Esto va a acelerar los tiempos, facilitar a situación de muchos gobernadores”.

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Luis Caputo en la conferencia de prensa donde anunció que se retira el capítulo económico de la Ley Ómnibus

Luis Caputo en la conferencia de prensa donde anunció que se retira el capítulo económico de la Ley Ómnibus

LOS PRINCIPALES PUNTOS QUE SE RETIRAN DE LA LEY ÓMNIBUS

-Blanqueo de capitales: de acuerdo al texto presentado al Congreso, ese punto permitía hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomonedas sin pagar impuestos. Se podrían adherir al régimen del blanqueo los residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre (que estén o no inscriptos como contribuyentes ante la AFIP) y los sujetos no residentes por sus bienes ubicados en la Argentina o por las rentas que hubieran obtenido de fuente argentina.

-Retenciones: Según el artículo 200 de la mencionada iniciativa, los productos que actualmente tenían derechos de exportación pasarían a tributar un 15%. En ese punto quedaban alcanzados productos de economías regionales que no tenían esa presión impositiva o que bajaron a 0% en septiembre del año pasado por una decisión del por entonces ministro de Economía, Sergio Massa.

-Moratoria: El proyecto de ley de “Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos” planteaba un nuevo régimen de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. “Se prevé la posibilidad de que los contribuyentes y responsables se acojan al régimen, obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren”, señala el texto que ahora será eliminado. Además, la iniciativa proponía condonar el 50%, 30% y 10% de los intereses resarcitorios y punitorios si el contribuyente se adhería antes de los 90 días desde la entrada de vigencia del régimen y pagaba al contado; si se adhería antes de ese plazo, pero paga en un plan de facilidades, si se adhiere a partir del día 91, respectivamente.

-Bienes Personales: Una de las modificaciones que planteaba la norma en debate era la eliminación del diferencial de alícuotas por tener activos en el exterior. En los últimos años rigió una tabla especial, con un tributo más caro por los bienes que están fuera del país. Según la iniciativa, todo el patrimonio quedaría alcanzado por igual en cuanto al nivel de la imposición, con alícuotas que van desde el 0,5%, para quienes tengan activos valuados en no más $13.688.704, hasta el 1,5% sobre el excedente de $456.290.138 más un fijo de $5.389.927, si se tienen bienes gravados valuados en más de $456.290.138.

-Impuesto a las ganancias: El proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió al Congreso para modificar el impuesto que pesa sobre los ingresos personales prevé, finalmente, un piso de ingresos para empezar a tributar de $1.250.000 (remuneración bruta), que equivale a un sueldo neto de $1.053.291, en el caso de un empleado o un jubilado sin deducciones por familia.

-Fórmula jubilatoria: la propuesta incluía la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria. En el artículo del proyecto de ley referido al tema no se especificaba el plazo durante el cual regiría esa suspensión. Y se pretendía que se faculte al Poder Ejecutivo a establecer una nueva modalidad para el cálculo de los reajustes periódicos y automáticos, con la única indicación de que se tengan en cuenta “criterios de equidad y sustentabilidad económica”. Mientras no esté dispuesta una nueva fórmula, agregaba el artículo 106 del proyecto de ley, “el Poder Ejecutivo nacional podría realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”.

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