Los trabajadores agremiados en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) comenzarán el 2024 con un aumento de sueldo. Es el tercer pago que el gramio acordó con las cámaras del sector. En octubre tuvieron un incremento del 20%, en noviembre del 13.3 y en diciembre (a cobrarse en enero) de 13.3%.
El gremio encabezado por Armando Cavalieri nuclea a un millón doscientos mil empleados de comercio y es el más numeroso del país. Firmaron los aumentos salariales para los trabajadores y trabajadoras de la rama call center, también para el periodo octubre - diciembre.
En enero, con todos los incrementos aplicados, ningún empleado de comercio debería cobrar menos de 397.400 pesos, afirmaron desde FAECYS. El próximo aumento se acordará a mediados de enero, donde realizarán una evaluación del impacto inflacionario en los ingresos de los trabajadores y actualizarán los montos en caso de ser necesario. Los mismos se realizarán de cara al trimestre enero - febrero - marzo, que no pudieron ser acordados este 2023.
Kiosco empleado de comercio.jpg
La gran mayoría de los empleados de comercio comenzarán el año cobrando más de 400 mil pesos.
SUELDO DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO POR CATEGORÍA EN ENERO 2024
En el marco del acuerdo paritario, estos serán los sueldos básicos para empleados de comercio:
Maestranza
- Categoría A: 397.394,90 pesos
- Categoría B: 398.545,32 pesos
- Categoría C: 402.575,82 pesos
Administración
- Categoría A: 401.713,02 pesos
- Categoría B: 403.441,68 pesos
- Categoría C: 405.168,32 pesos
- Categoría D: 410.351,27 pesos
- Categoría E: 414.669,38 pesos
- Categoría F: 421.003,76 pesos
Cajeros
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 405.168,32 pesos
- Categoría C: 407.759,80 pesos
Personal Auxiliar
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 406.031,14 pesos
- Categoría C: 415.533,21 pesos
Auxiliar Especializado
- Categoría A: 406.608,36 pesos
- Categoría B: 411.790,30 pesos
Vendedor
- Categoría A: 403.152,05 pesos
- Categoría B: 411.791,31 pesos
- Categoría C: 414.669,38 pesos
- Categoría D: 421.003,76 pesos
A las cifras descriptas hay que sumarle además los adicionales correspondientes como el de manejo de caja, presentismo o el adicional por antigüedad. Este último consta de un 1% por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas. En el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio.
Respecto del adicional por manejo de caja, es un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial. Los cajeros tienen ese adicional por CCT Nº 130/75, que en las escalas salariales figura como monto anual, no remunerativo, y se abona por trimestre vencido, o sea esa suma se divide por cuatro y se liquida trimestralmente.