miércoles 09 de julio de 2025

Aguinaldo de junio 2025: ¿quiénes lo cobran, cuándo lo perciben y cómo se calcula?

Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados reciben este mes la primera cuota del aguinaldo. Qué dice la ley y cuánto se cobra.

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Como cada año, en junio los trabajadores registrados, jubilados y pensionados cobran la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Este ingreso adicional corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida en el primer semestre del año.

Para que el trabajador cobre el aguinaldo deben darse dos condiciones: que la persona haya prestado servicio en el semestre considerado y que en dicho período hubiese recibido remuneraciones. Según la ley, las empresas y organismos tienen tiempo para abonar el aguinaldo hasta el lunes 30 de junio.

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Este ingreso, contemplado en la Ley 24.241, corresponde a los trabajadores en relación de dependencia, a los jubilados y pensionados del sistema previsional, y también a los trabajadores informales, quienes, aunque no estén registrados, tienen derecho a percibirlo.

En tanto, no aplica para monotributistas ni trabajadores autónomos, quienes hayan tenido licencias sin goce de sueldo o inasistencias injustificadas prolongadas -ya que no se generan remuneraciones en esos períodos-. En los casos de licencias por maternidad, el empleador no abona aguinaldo ni lo paga ANSES.

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El aguinaldo de junio se cobra antes del 30 de dicho mes

El aguinaldo de junio se cobra antes del 30 de dicho mes

Cabe destacar que sí se considera para el cálculo del SAC el tiempo de vacaciones y licencias con goce de sueldo.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para saber cuánto se cobrará en la primera cuota del aguinaldo, el cálculo se realiza dividiendo por dos la mayor remuneración bruta devengada durante el semestre. Esta incluye todos los conceptos remunerativos, como horas extras o comisiones excepcionales, siempre que se hayan percibido.

  • Si un trabajador tuvo como mejor sueldo del semestre $1.300.000, el aguinaldo será de $650.000
  • Si tuvo 20 días sin goce de sueldo por inasistencia injustificada, ese monto baja proporcionalmente a $572.282

La Ley 27.073 establece que el SAC debe pagarse en dos cuotas al año: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda, antes del 18 de diciembre. Cada una de las cuotas corresponde al 50% del mejor sueldo bruto del semestre correspondiente.

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