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Rechazaron la domiciliaria para Marcelo Tagliaferro, preso por mentir sobre el cuádruple femicidio en La Loma

La Justicia rechazó el pedido de prisión domiciliaria para Marcelo Tagliaferro pese a sus problemas de salud y dispuso que continúe detenido en Magdalena.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°4 de La Plata rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Marcelo Tagliaferro, condenado en primera instancia a 7 años de prisión por falso testimonio agravado en la causa de la masacre de La Loma. Los magistrados consideraron que su estado de salud puede ser tratado en el ámbito penitenciario.

La defensa, encabezada por el abogado Gonzalo Escaray, había solicitado reemplazar el alojamiento en la Unidad Penitenciaria N°28 de Magdalena por un arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

La letrada argumentó que el imputado padece diabetes mellitus tipo 2, dislipemia, obesidad, vasculopatía periférica, nefropatía y un cuadro gastrointestinal que le provoca episodios de deshidratación y pérdida de peso. Además, sostuvo que el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) no puede garantizar un tratamiento adecuado y destacó que Tagliaferro tiene domicilio fijo, arraigo familiar, carece de antecedentes penales y siempre estuvo a derecho durante el proceso.

La defensa de Marcelo Tagliaferro argumentó que tiene problemas de salud y pidió cumplir con la detención en su hogar

Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal (MPF), a cargo de Mariano Sibuet, se opuso al planteo al considerar que la prisión preventiva sigue siendo necesaria para garantizar la ejecución de la condena. En la misma línea se expresó el particular damnificado, Osvaldo Martínez, quien manifestó que una eventual liberación representaría una situación de intimidación para él y su familia.

La resolución, firmada por el juez Agustín Amatriain, concluyó que no existen las circunstancias excepcionales previstas por el Código Procesal Penal para otorgar una morigeración y entendió que persiste un riesgo concreto de fuga. El magistrado recordó que, aunque la condena todavía no está firme, la pena de 7 años impuesta el 29 de diciembre de 2025 constituye un elemento válido para evaluar los riesgos procesales.

El fallo también repasó que Tagliaferro fue condenado por modificar sustancialmente sus declaraciones como testigo respecto de la identificación de Martínez, quien había sido detenido al comienzo de la investigación del cuádruple femicidio ocurrido en 2011 en un PH de 28 entre 41 y 42 y luego fue desvinculado al comprobarse que era inocente.

Micaela Galle, Bárbara Santos, Susana De Barttole y Marisol Pereyra fueron asesinadas en un PH de 28 entre 41 y 42

Según la resolución, esas falsas declaraciones generaron un riesgo concreto de condenar a una persona inocente y dificultaron el esclarecimiento de uno de los hechos criminales más graves registrados en La Plata, en el que fueron asesinadas Micaela Galle, Bárbara Santos, Susana De Barttole y Marisol Pereyra.

En cuanto al estado de salud del condenado, el magistrado apuntó que los informes médicos incorporados al expediente señalan que se encuentra clínicamente estable y compensado respecto de su diabetes. Si bien se recomendaron controles con especialistas en endocrinología y gastroenterología y se advirtieron demoras parciales en la provisión de algunos medicamentos, se concluyó que sus patologías pueden ser tratadas dentro del sistema penitenciario.

Por ese motivo, el tribunal rechazó el beneficio solicitado y ordenó al SPB garantizar bajo su responsabilidad la atención médica de Tagliaferro, incluyendo el suministro diario de medicación e insulina, controles glucémicos, una dieta específica y las consultas con los especialistas indicados.

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