miércoles 12 de noviembre de 2025

Prepagas: un tribunal de La Plata declaró inconstitucional el decreto que permitió el aumento de tarifas

La Justicia Federal de La Plata resolvió que los aumentos impuestos por las prepagas el año pasado son inconstitucionales y ordenó su ajuste al índice IPC.

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La Cámara Federal de La Plata declaró inconstitucional el aumento de prepagas en 2024. Este fallo pone fin a un proceso judicial iniciado por un afiliado que solicitaba la anulación de las subas impuestas en los servicios de salud. La resolución implica un ajuste de los aumentos a los parámetros establecidos por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El tribunal dictó que las prepagas YPF Obra Social y OSDE no pueden aplicar los aumentos fijados en el decreto 70/23, los cuales exceden el porcentaje del IPC. En su fallo, la Cámara revocó la sentencia inicial y ordenó a las empresas de medicina prepaga ajustar las cuotas según el IPC.

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El tribunal recordó que el DNU 70/23 fue impugnado por no respetar la ley 26.682, que otorga a la Autoridad de Aplicación del Ministerio de Salud la capacidad de regular estos aumentos. Según el fallo, el aumento del 78% en las cuotas no se justifica, dado que la emergencia del sistema de salud no estaba suficientemente fundamentada en el decreto.

Revés judicial para el gobierno

En el fallo que revoca la sentencia original, la Cámara Federal de La Plata subraya -según informó la agencia Noticias Argentinas- que el Gobierno no puede aplicar aumentos de tarifas a través de un decreto presidencial sin la intervención del Congreso. La Cámara sostiene que el avance sobre el ámbito del Congreso debe estar debidamente fundamentado y no puede responder a urgencias políticas o evitar el debate legislativo.

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La resolución de la Cámara Federal de La Plata dio marcha atrás con el aumento de las prepagas

La resolución de la Cámara Federal de La Plata dio marcha atrás con el aumento de las prepagas

El tribunal también destacó que el Ministerio de Salud es la entidad competente para revisar y autorizar los aumentos, y no el presidente mediante un DNU. Además, el fallo establece que todos los aumentos efectuados desde enero de 2024 quedan sin efecto.

El acuerdo alcanzado entre el Estado y las empresas de medicina prepaga también establece que los aumentos superiores al IPC deben ser devueltos a los usuarios, en línea con una demanda presentada ante la Justicia Federal en Buenos Aires.

Finalmente, los jueces integrantes de la Cámara con sede en La Plata, Jorge Eduardo Di Lorenzo y César Álvarez, resolvieron que las prepagas sean responsables de los gastos del juicio.

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