jueves 04 de diciembre de 2025

Pidieron perpetua para el acusado del crimen de Nicol Ruiz en un caso que podría considerarse travesticidio

El bloque acusatorio solicitó perpetua por el crimen de Nicol Ruiz al considerar que fue un homicidio agravado por odio y violencia de género.

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El fiscal Martín Chiorazzi y el abogado Sebastián Bouvet solicitaron prisión perpetua para Fernando Daniel Sibestrelli, acusado por el homicidio de Nicol Ruiz bajo la figura de crimen de odio y violencia de género. El debate concluyó y el veredicto se conocerá el 29 de diciembre.

El juicio por el crimen de Nicol Ruiz ingresó en su tramo final luego de que el fiscal de juicio, Martín Chiorazzi, y el abogado de la familia, Sebastián Bouvet, solicitaran la máxima pena prevista por el Código Penal para Fernando Daniel Sibestrelli.

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En la audiencia previa a los alegatos, Sibestrelli declaró ante el Tribunal Oral Criminal (TOC) II de La Plata y rechazó los cargos. Aseguró que todo se trató de “una tragedia” derivada de una discusión con su pareja, hermana de Nicol. Reconoció haber arrojado un palo durante el episodio, pero negó haber golpeado directamente a la víctima, quien murió tras recibir un impacto en la cabeza.

La defensa, a cargo del defensor oficial Eliseo Graziano, insistió en que el hecho no debe ser considerado un homicidio doloso sino preterintencional, es decir, un ataque cuyo desenlace fatal no fue buscado. Planteó que la muerte fue consecuencia no deseada de un exceso en la agresión.

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Durante los alegatos, la sala SUM del fuero Penal de La Plata, ubicada en el primer piso del edificio de calle 8 entre 56 y 57, se vio colmada por integrantes de la comunidad trans y el colectivo LGBTQ+ local, que se hicieron presentes para acompañar a la familia y reclamar una pena de prisión perpetua por lo que consideran un travesticidio.

El tribunal encargado del debate está integrado por Silvia Hoerr, Analía Carrillo y Claudio Bernard. La acusación formal solicitó condenar a Sibestrelli por homicidio doblemente agravado en los términos del artículo 80 incisos 4 y 11 del Código Penal, que contempla agravantes por odio y por mediar violencia de género.

Antes de que el tribunal pasara a deliberar, el acusado optó por no ejercer su derecho a pronunciar sus últimas palabras.

La lectura del veredicto quedó fijada para el 29 de diciembre, fecha en la que se definirá si el caso será reconocido judicialmente como un crimen de odio contra una mujer trans.

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