lunes 21 de septiembre de 2026

Ordenan en La Plata la libertad del repartidor paraguayo salpicado por la causa de la presunta mafia china

El tribunal dictó la falta de mérito al considerar que las pruebas no acreditan que haya participado de forma deliberada en una asociación ilícita en La Plata.

La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata revocó la prisión preventiva de Raúl Duarte García, un trabajador de nacionalidad paraguaya que permanecía detenido en el marco de la causa que investiga a una presunta red criminal o "mafia china" que operaba en la región.

El tribunal le dictó la libertad por falta de mérito al considerar que los elementos presentados por la fiscalía no acreditan que haya participado de forma deliberada en una asociación ilícita. Esta libertad se suma a las dictada la semana pasada para los hermanos Zheng.

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El imputado, que no registra antecedentes y sostenía a su pareja y a sus tres hijas realizando repartos de mercadería para un supermercado y changas, había sido sindicado por el fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta (UFI N° 16) como una pieza logística clave dentro de la estructura liderada por el comerciante Ke Deqiang, alias "Matías", prófugo desde 2022 tras fugarse de una comisaría.

Sin embargo, los defensores particulares Agostina Balastegui y Andrés Noetzly interpusieron un recurso de apelación donde argumentaron que la vinculación de Duarte García con la causa se basaba en una interpretación distorsionada de sus tareas laborales. Según la defensa, el hombre solo ejecutaba encargos administrativos y materiales dentro de una relación de trabajo informal y marcadamente asimétrica.

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El fallo de la Cámara en La Plata

Al revisar el expediente de la causa tramitada en el Juzgado de Garantías N° 6, los jueces Fernando Mateos y Juan Benavides coincidieron con los planteos de la defensa. En el fallo de la Justicia, se precisó que la única prueba de cargo expuesta consistía en el análisis de las conversaciones extraídas del teléfono del sospechoso principal.

La resolución judicial señala que esos mensajes muestran únicamente tareas habituales de un dependiente -tales como informar sobre trámites de seguros, el estado de una camioneta de reparto, avisos de pagos, impuestos o entrega de facturas y tickets-, sin que exista indicio alguno de que Duarte García tuviera poder de decisión, repartiera ganancias ilícitas ni conociera los fines criminales atribuidos a la organización.

"Los diálogos en modo alguno permiten inferir fundadamente que el procesado ejerciera -a sabiendas y queriéndolo- una serie de cometidos operativos esenciales propios de una asociación criminal", destacó el juez Mateos en su voto, añadiendo que la tipicidad del delito exige demostrar un grado de voluntad y conocimiento de formar parte del entramado delictivo.

Por este motivo, la Sala III concluyó que no se reunía el grado de convicción ni la evidencia suficiente para mantener sobre él la prisión preventiva. En consecuencia, revocó la medida dictada previamente y dispuso su inmediata libertad por falta de mérito conforme a lo previsto en el artículo 320 del Código Procesal Penal bonaerense.

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