La Agencia Platense de Recaudación (APR) estableció nuevos descuentos para los contribuyentes de La Plata que abonen la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y la Patente, con beneficios de hasta el 10% según la modalidad de pago y adhesión.
La APR fijó nuevos beneficios para contribuyentes de La Plata que adhieran a la boleta electrónica o al débito automático para pagar la Tasa SUM y la Patente.
La Agencia Platense de Recaudación (APR) estableció nuevos descuentos para los contribuyentes de La Plata que abonen la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y la Patente, con beneficios de hasta el 10% según la modalidad de pago y adhesión.
La medida fue establecida mediante una resolución publicada el pasado 5 de agosto de 2026 y contempla un descuento del 10% sobre el monto total de las boletas de la Tasa SUM y de las contribuciones y tasas que se liquiden junto con ella.

El proyecto fue enviado por el intendente Julio Alak y se aprobó por unanimidad en la sesión de este jueves del Concejo Deliberante de La Plata.
Los bloques del Concejo Deliberante votaron un pedido de informes unificado para solicitar al intendente de La Plata que reclame a la prestataria del servicio.
El mismo beneficio alcanza al Impuesto a los Automotores Descentralizado y a la Patente de Rodados para quienes se adhieran al servicio de boleta electrónica. En estos casos, el descuento tendrá un mínimo de $100 y un tope de $10.000.
Este beneficio estará vigente hasta el 31 de octubre. Para los meses de noviembre y diciembre, el descuento será del 5% y estará destinado a quienes, además de la boleta electrónica, hayan adherido al Domicilio Electrónico Municipal (DEM).
Por otra parte, APR estableció un descuento del 10% para quienes adhieran al débito automático en el pago de la Tasa SUM y las contribuciones y tasas que se liquiden conjuntamente. En este caso, el beneficio tendrá un mínimo de $100 y podrá alcanzar hasta $100.000.
Para acceder a los beneficios será necesario contar con Domicilio Electrónico Municipal. De todos modos, APR será la encargada de determinar y comunicar desde qué fecha este requisito comenzará a ser exigible para los contribuyentes.
La resolución también establece que la aplicación conjunta de los beneficios no podrá superar el 25% del monto de la emisión original. Los descuentos se harán efectivos entre la primera y la tercera cuota a vencer una vez cumplidas las condiciones correspondientes.
Además, para las adhesiones voluntarias al DEM será necesario que el domicilio electrónico se encuentre activado. En el caso del débito automático, el descuento estará sujeto al ingreso efectivo de los montos emitidos dentro de los plazos previstos en el calendario fiscal.