viernes 05 de septiembre de 2025

El llamativo cambio en las elecciones legislativas por el que no habrá votos nulos

La Junta Electoral aclaró que en estas elecciones, por ser desdobladas, regirá la Ley Provincial que establece criterios diferentes para definir cada voto.

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Las elecciones legislativas del 7 de septiembre de 2025 en la provincia de Buenos Aires llegarán con una novedad significativa que no pasó desapercibida: de acuerdo a un comunicado de la Junta Electoral bonaerense, al ser comicios estrictamente bonaerenses, rige la ley provincia que no contempla el existencia de votos nulos.

Según aclara el comunicado, el único marco legal aplicable será la Ley 5109 de la Provincia, dado que se trata de comicios exclusivamente provinciales y no rige el Código Electoral Nacional que se aplica como norma superior cuando —como ocurrió siempre hasta este año— las elecciones nacionales confluyen con las provinciales. En la práctica eso implicará una modificación en la consideración de los votos a la hora del escrutinio.

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En estas elecciones, solo existirán tres categorías de voto ya que no habrá votos nulos:

  • Voto afirmativo (válido): aquel emitido con boletas oficializadas, incluso si están incompletas o presentan tachaduras.
  • Voto en blanco: cuando el sobre contenga boletas no autorizadas, incompletas, de distintos partidos, ilegibles o que permitan identificar al votante.
  • Voto de identidad impugnada: reservado para casos en los que haya dudas sobre la identidad del elector.
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El escrutinio que otra vez se realizará en el Pasaje Dardo Rocha tendrá en cuenta para estas elecciones la reglamentación provincial

El escrutinio que otra vez se realizará en el Pasaje Dardo Rocha tendrá en cuenta para estas elecciones la reglamentación provincial

La aclaración de la Junta Electoral

El comunicado oficial señala que “todo voto que no sea afirmativo o de identidad impugnada, se considerará blanco”. De esta manera, desaparece la figura del voto nulo, que hasta ahora estaba contemplada en la práctica electoral bajo el régimen nacional para —por ejemplo— los casos en que en un sobre aparezcan las boletas de dos partidos diferentes en una misma categoría o papeletas no oficializadas.

La decisión, según se aclaró desde la Junta Electoral, busca evitar confusiones que en elecciones anteriores surgían por la coexistencia de normas nacionales y provinciales. En este caso, el presidente de mesa será la autoridad final en la clasificación de los votos, y su decisión será inapelable.

En las actas, certificados y telegramas de escrutinio, solo se consignarán votos afirmativos a las agrupaciones políticas, en blanco y de identidad impugnada.

Con este cambio, el próximo domingo electoral en la provincia de Buenos Aires tendrá un escenario particular: los sufragios que antes hubieran sido considerados nulos, ahora engrosarán la categoría de votos en blanco.

Urnas elecciones
En estas elecciones los votos que eran nulos serán considerados

En estas elecciones los votos que eran nulos serán considerados "en blanco"

Los votos afirmativos

La norma bonaerense que regirá este domingo estables que solo se computarán como válidas las boletas oficializadas. En tanto que si en un sobre se encontraran más de una boleta de sufragio, sólo se computará una de ellas, siempre que correspondiere a un mismo partido político.

"En las elecciones para renovación de cuerpos colegiados, los votos se computarán por lista y no por candidatos. Si un elector borrase candidatos pero no la totalidad de los mismos, se le adjudicará al Partido al que pertenece la boleta sea cualquiera el número de candidatos tachados", dice otro de los artículos.

Y "las fracciones de boletas oficializadas se computarán como íntegras, siempre que contengan por lo menos un nombre completo de los candidatos incluidos en aquellas y la designación de partido a que correspondan".

Escrutinio
Las autoridades de mesa serán los primeros que deberán categorizar los votos entre válidos, blancos y de identidad impugnada

Las autoridades de mesa serán los primeros que deberán categorizar los votos entre válidos, blancos y de identidad impugnada

Los casos que eran nulos y serán votos en blanco

En las elecciones nacionales, según el Código Electoral, los siguientes son los casos de votos nulo que este domingo serán considerado "en blanco":

  • Los emitidos mediante bolete no oficializada.
  • El emitido mediante boletas oficializadas que contiene dos (2) o más marcas de distintas agrupaciones políticas para la misma categoría.
  • El emitido en boletas en las que se hubiese roto algunas de las partes, solo si esto impide establecer cuál ha sido la opción electoral escogida.
  • El emitido en boletas en la que aparecen inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral, solo si esto impide establecer cuál ha sido la opción electoral escogida
  • Cuando juntamente con la boleta se hayan incluido objetos extraños a ella.

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