domingo 19 de abril de 2026

Edurecen multas para hipermercados y boliches platenses que no tengan cámaras de seguridad

El oficialismo modificó la ordenanza que obliga a instalar cámaras a las grandes superficies. Las sanciones irán de 166.000 pesos a 3,3 millones de pesos.

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El Concejo Deliberante platense aprobó este jueves un proyecto de ordenanza que endurece las sanciones para los hipermercados, boliches, bancos y estaciones de servicio que no cumplan con la Ordenanza 11.623, que los obliga a instalar cámaras de seguridad y a dejarlas funcionando las 24 horas con el objetivo de ser monitoreadas por el Centro de Monitoreo Municipal (COM) de La Plata. 

La iniciativa fue impulsada por el presidente del Concejo Deliberante, Darío Ganduglia, y se aprobó con los votos de Juntos. Se trata de una modificación a la ordenanza que rige desde 2018 y que establece la obligación de instalar equipos en el perímetro exterior de "grandes superficies comerciales y cadenas de distribución, boliches nocturnos, entidades bancarias, hipermercados y de recursos financieros, centros de consumo y servicios con una superficie mayor a 1.800 m2 y estaciones de servicio" de la ciudad. 

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La ordenanza actual ya prevé multas, pero el proyecto que se aprobó este jueves prevé un incremento de los montos y hasta la clausura temporal del local en infracción. El artículo 10 -que se modificó- dispone "clausura temporal y/o una multa de 200 a 4.000 módulos" para quienes no instalen las cámaras, no cumplan con las condiciones de funcionamiento exigidas en la ordenanza o se nieguen a entregar las imágenes al Municipio. El módulo está fijado en la actualidad en 830,62 pesos, por lo que las sanciones económicas irían de los 166.124 pesos hasta los 3.322.480 pesos.

La modificación aprobada dispone que ante la falta de captación de imágenes de forma permanente, independientemente de que el local esté abierto o no, también se impondrá "clausura temporal y/o multa de 200 a 2.500 módulos"; es decir, entre 166.000 pesos y 2.076.550 pesos. Y, finalmente, también incorpora multas para quienes divulguen las imágenes o filmaciones, o las modifiquen o supriman contraviniendo la ordenanza. En estos casos también se sancionará con clausura temporal o sanción de entre 200 y 4.000 módulos.

En los considerandos de la norma, Ganduglia explicó que el objetivo es "solucionar la baja tasa de cumplimiento" de la ordenanza. "Se busca remediar esta problemática mediante la elevación de las penas por causa de la omisión de los deberes impuestos, las cuales actualmente suponen un perjuicio patrimonial ínfimo para los sujetos obligados y, por lo tanto, facilitan el incumplimiento de la normativa vigente", señaló.

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