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ANMAT prohibió un agua, un aceite de oliva y una miel ilegales en todo el país

A través de diferentes disposiciones, el organismo ordenó retirar del mercado estos productos por distintas infracciones a la normativa alimentaria vigente.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en las últimas horas la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en toda la Argentina de una marca de agua de mar, otra de aceite de oliva y una de miel, por diferentes infracciones a la normativa sanitaria. La decisión se publicó este martes en el Boletín Oficial.

El primero de los productos que fue retirado del mercado y de las plataformas de venta en línea fue el “Agua de mar, 100% pura” de la empresa “Biendemar”, envasada en la localidad bonaerense de Villa Gesell, la cual tenía el “logo de alimento libre de gluten”. El organismo precisó que esta bebida carecía “de registros sanitarios” y contenía el logo oficial de Alimento Libre de Gluten “sin estar autorizado, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

Por otra parte, la ANMAT también prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” del aceite de oliva extra virgen marca “Los Olivos”, RNPA N° 13007137, elaborado y envasado por RNE N° 12001875, Sierras de Córdoba. En este caso, la medida se tomó porque el alimento carecía “de autorización de establecimiento y de producto”, y estaba “falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA inexistentes”, por lo que resultó ser “ilegal”.

Tras unos estudios, determinaron que el aderezo “estaría compuesto por una mezcla de aceite de soja y oliva”, por lo que se revisaron los antecedentes de la marca y se descubrió que “la autoridad de la provincia de La Rioja informó que el RNE era inexistente y la de la provincia de Mendoza que el RNPA era inexistente”.

Por último, la ANMAT ordenó frenar “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de la “Miel de Monte y Multifloral”, marca Néctar Serrano, elaborada por David Medina Ibarbalz N° 1181, Córdoba Análisis Municipal N°: 77676. Al igual que en los alimentos anteriores, el envase carecía “de registros sanitarios” y no indicaba la leyenda “No suministrar a niños menores de 1 año”, resultando ser “un producto ilegal”.

La Dirección de Inspección General y Fiscalización de la Municipalidad de Godoy Cruz, en Mendoza, “verificó la comercialización del producto, retirándose un total de 12 envases” y se armó “un informe de ensayo elaborado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) solicitado por el Consejo Asesor Apícola”. Los resultados de esa prueba determinaron “que la muestra supera el máximo de hidroximetilfurfural permitido por el Código Alimentario Argentino (CAA)”.

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