El excacique sindical de la UOCRA La Plata, Juan Pablo "Pata" Medina, fue sobreseído en la causa que lo investigaba por asociación ilícita, extorsión y lavado de activos. En la misma resolución se ordenó investigar al juez Federal de Quilmes Luis Armella quien estuvo a cargo de la investigación. La resolución fue en base a un planteo de los abogados Alejandro Montone y Juan Di Nardo, defensores de su hijo Cristian "Puly" Medina, quienes impulsaron la nulidad de la causa y la lograron.
El sobreseimiento también alcanzó a los otros acusados: Fabiola García (esposa del exsindicalista), David Emiliano García, Juan Horacio Homs, Liliana Beatriz Fontán, Lara Micaela Muñoz, Pablo Nicolás Nieves, Marianela Luján Pagnoni y Rubén Darío Roldán.
Cabe aclarar que la medida no se encuentra firme ya que puede ser recurrida por la fiscalía Federal que tiene a su cargo el impulso de la acusación oficial.
Cabe recordar que a fines de junio de este año, el Tribunal Oral Criminal Federal (TOCF) 2 de La Plata había ordenado su excarcelación al declarar inadmisible un recurso presentado por la fiscalía.
Esa resolución disponía que Medina no podía ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin autorización del tribunal, debía presentarse mensualmente "en la comisaría más cercana con jurisdicción en su domicilio" y tenía prohibido "tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares".
No obstante, el escrito que ordenó su sobreseimiento detalla que "se declare la nulidad de todos los actos practicados en el transcurso de la instrucción".

La principal prueba presentada por la querella es el registro fílmico correspondiente a la causa "Gestapo", la cual investiga a funcionarios macristas junto a agentes de la AFI y empresarios de la construcción por el armado de causas judiciales contra sindicalistas opositores al gobierno de turno.
El documento, además, indica que "las declaraciones testimoniales de quienes suscribieron dichas notas y la declaración testimonial de cerca de diez (10) testigos de identidad reservada", fueron un aporte clave para la resolución.