sábado 18 de abril de 2026

Flexibilizaron los plazos en los que podrán publicitarse los nuevos loteos

A partir de un cambio en el COUT aprobado por el Concejo, los emprendimientos podrán promocionarse en la primera etapa de tramitación en la Municipalidad.

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El Concejo Deliberante de La Plata avanzó con otro cambio al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial (COUT), en este caso para modificar flexibilizando los plazos para publicitar loteos, urbanizaciones o cualquier otro emprendimiento urbanístico. El objetivo, según habían explicado desde el área de planeamiento a 0221.com.ar cuando el proyecto fue elevado "es agilizar la posibilidad de promocionar la comercialización en la primera etapa de la tramitación del proyecto general".

La aprobación de esta modificación parcial de la ordenanza madre que regula el uso de cada parcela del distrito, llega para terminar con la prohibición dispuesta actualmente en su artículo 6º para publicitar cualquier proyecto que "no esté factibilizado y/o aprobado por la autoridad municipal".

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Con el cambio aprobado, la prohibición se limita a las iniciativas "que no hayan obtenido la aprobación de la faz geométrica del proyecto, donde consten calles a ceder, reservas, restricciones, conformación de macizos y, eventualmente, su división". Aclara, no obstante, que la publicidad que se realice en esas condiciones deberá incluir, obligatoriamente, "la constancia de la obtención del Certificado de Prefactibilidad Hidráulica Provincial, número de expediente municipal y denominación del emprendimiento".

"La existencia de un expediente municipal en trámite donde se haya obtenido la aprobación de la faz geométrica se presenta como condición razonable", se argumenta en los fundamentos de la iniciativa, donde además se admite que actualmente "la actividad que autoriza se realiza de manera irregular, lo cual constituye un claro detrimento para aquellos desarrolladores que, en cumplimiento de la normativa, encuentran vedada tal facultad".

La Secretaria de Planeamiento Urbano local, María Botta, detalló: “Según el Artículo 6°, hoy por hoy no se puede comercializar, ni vender, ni publicitar un emprendimiento urbanístico hasta que no esté el Certificado Técnico Urbanístico, situación que dilata por años la posibilidad de venta”. Agregó que “con esta modificación, se podrán publicitar y comercializar los emprendimientos a los que la Comuna les haya dado el visto bueno respecto de la faz geométrica, siempre y cuando tengan visible el número de expediente que se está tramitando y la prefactibilidad hidráulica provincial”.  

De esta manera, el proyecto considera condición razonable y necesaria para exceptuar a los particulares de la prohibición establecida en el actual artículo la existencia de un expediente municipal en trámite, donde se haya obtenido la aprobación respecto de las calles a ceder, reservas, restricciones, conformación de macizos y, eventualmente, su división; además de la prefactibilidad hidráulica provincial. “La modificación de este artículo, no sólo impulsa y agiliza la comercialización de emprendimientos urbanísticos, si no que, la exigencia de exponer el número de expediente en trámite es una herramienta más del Municipio para combatir la venta indebida de terrenos indivisos”, concluyó la funcionaria.

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