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ANSES inició el primer trámite jubilatorio por tareas de cuidado: ¿cómo sacar un turno?

El organismo previsional dio inicio al primer trámite de reconocimiento de aportes por tareas de cuidado que permitirá la jubilación de miles de mujeres.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a tramitar, dos días antes del inicio del programa, el primer reconocimiento de aportes por tareas de cuidado en el marco de la apertura de las oficinas del organismo previsional los días sábados para recuperar el tiempo perdido por la pandemia. "Fue sorpresivo, las esperábamos a todas el día lunes; pero desde la oficina de Rafael Castillo, partido de La Matanza, me avisaron que recibimos a la primera madre argentina que pudimos reconocerle sus años de aporte en esta nueva política pública", expresó la directora ejecutiva del organismo, Fernanda Raverta.

Luego del trámite jubilatorio por tareas de cuidado iniciado en La Matanza, ANSES reconoció los aportes de mujeres que se presentaron en Cañuelas, La Plata, Mendoza y San Juan.

CÓMO ES EL BENEFICIO

El reconocimiento será de un año de aportes por cada hijo o hija, dos años por hijo o hija adoptado siendo menor de edad, un año adicional por cada hijo o hija con discapacidad y dos años adicionales en caso de que por el hijo haya accedido a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses. Asimismo, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes, aclaró el organismo y agregó que quienes quieren tramitarlo podrán pedir un turno para ser asesorados a través del sitio web de la entidad.

CÓMO SE COMPUTAN LOS AÑOS RECONOCIDOS

Una de las aclaraciones del organismo enfatizó que "con el objeto de computar los años de servicios, se tendrá en cuenta cada hijo y/o hija cuyo nacimiento y discapacidad, de corresponder, se encuentre registrado en las bases de la ANSES y vinculado a la persona que solicita el beneficio, en virtud de la documentación que el Organismo disponga a tales efectos". Por lo contrario, si la información no está en los registros de la ANSES, la persona solicitante deberá presentar la prueba documental pertinente para la acreditación del hijo y/o de la hija. Deberá presentar el Certificado Único de Discapacidad, el Certificado de Discapacidad emitido por los organismos provinciales competentes en la materia, la constancia que acredite haber registrado derecho a percibir la Asignación por Hijo con Discapacidad y la constancia que acredite el derecho a una Pensión No Contributiva por Invalidez.

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