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Ordenaron readecuar un pabellón para personas trans en un penal de La Plata

La medida fue dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 tras un habeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria.

La justicia platense ordenó la clausura del pabellón de aislamiento y la readecuación del pabellón trans de la Unidad penitenciaria número 8 de Los Hornos. La medida, dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1, también recordó que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado.

El TOC 1 hizo lugar a un hábeas corpus presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y ordenó la clausura del pabellón de Separación del Área de Convivencia y dispuso un plazo de 60 días para la ejecución de un plan de mejoras edilicias de la celda de admisión y el pabellón trans.

En los pabellones denunciados, las mujeres y varones trans permanecían en encierro estricto más de 22 horas al día y algunas llevaban más de dos meses detenidas en esa situación.

En el hábeas corpus se denunciaba que sólo tenían una hora y media para salir al patio, utilizar las duchas, lavar la ropa y limpiar el pabellón.

Sobre las condiciones materiales de detención, la denuncia señalaba que las celdas eran de dimensiones reducidas, ediliciamente deterioradas con humedad en paredes y techo, se padecía el frío extremo por la falta de los vidrios de las ventanas de los pabellones y la ausencia de cualquier sistema de calefacción, las conexiones eléctricas eran precarias, los baños y duchas estaban en malas condiciones y no tenía cerramiento, vulnerando la privacidad de las personas.

Además se advertía la presencia de roedores y cucarachas, precisó un comunicado de la CPM.

En lo inmediato, el fallo del TOC N° 1 de La Plata ordenó que se reparen de manera urgente las conexiones eléctricas que se encuentren en estado precario, que se coloque el cerramiento de los baños, se garantice el acceso a la salud y la provisión de elementos de higiene y limpieza, y se suprima la presencia de roedores.

También ordenó que las personas que permanezcan alojadas en el sector de admisión y el pabellón trans puedan estar más tiempo al aire libre y acceder a actividades deportivas y recreativas y, en ese marco, el Tribunal recordó, a su vez, que está prohibido el alojamiento de personas en áreas de separación por tiempo ilimitado.

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