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El Senado aprobó las reformas del Impuesto a las Ganancias: ¿quiénes dejan de pagarlo?

El Congreso argentino confirmó los cambios en el tributo y elevó el mínimo no imponible a 150.000 pesos. Además sancionó una reforma en el Monotributo.

El Senado argentino aprobó los cambios en el Impuesto a las Ganancias que ya había sido debatidos en la Cámara de Diputados. La norma eleva el mínimo no imponible y también exceptúa del pago a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Ahora la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos.

La iniciativa fue apoyada por 66 votos afirmativos y la única abstención fue del opositor bonaerense Esteban Bullrich. La ley tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno devolverá los descuentos ya realizados a quienes les correspondan.

De acuerdo con la nueva norma, el aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos no pagará Impuesto a las Ganancias, los gastos de guardería para niños de hasta tres años tampoco (hasta un tope anual de 67 mil pesos). Mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus. En tanto que que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias.

La Ley duplica la exención por hija o hijo discapacitado que en la actualidad es de 78.833 pesos y elimina el tope de edad. También quedan eximidos del impuesto los bonos productivos hasta un tope del 40% de la ganancia y las horas extras de los recolectores de residuos. Y establece que se podrá deducir de Ganancias herramientas educativas de los trabajadores asalariados.

La vicepresidenta del bloque del Frente de Todos, Anabel Fernández Sagasti, defendió el proyecto afirmando que "es un acto de profunda justicia" y "un alivio que va de los que ganan 90 mil pesos a los que ganan 150 mil pesos". En total se trata de 1.267.000 asalariados que a partir de ahora dejarán de pagar el tributo, a partir de la elevación del piso a partir del cual se debe abonar el tributo.

La Cámara Alta también aprobó un reforma del régimen de Monotributo, que contempla la actualización para las escalas y montos del mismo, correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo. Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, podrían mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. Aquellos que superaron ese monto, deberán pasar al régimen general, y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

De acuerdo con la ley, podrán deducir en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.

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